Cargando...
“Estos beneficios laborales y sociales fueron presupuestados cada año por la Itaipú Binacional, lo que significa que ese dinero debía engrosar la economía de cada trabajador paraguayo y su familia, sin embargo, por razones ajenas a los obreros ese dinero tuvo otro destino”, señala parte del comunicado emitido por la Unión Nacional de extrabajadores de la Itaipú Binacional (Unetib), que se refiere a las reclamaciones que hacen sobre beneficios laborales y sociales que la Binacional pago a todos los trabajadores brasileños desde el año 1.974 hasta la fecha. Aseguran que “todos los beneficios laborales y sociales deberían haber sido pagados a los trabajadores paraguayos desde el inicio de la construcción de la Usina”.
En otro punto señala que “descalificamos la versión de la Itaipú Binacional, que, de aprobarse el pedido de declaración solicitado por la Comisión Especial de Entes Binacionales y Desarrollo del Sistema Eléctrico, se estaría alterando normas jurídicas internas de nuestro país que se refiere a la prescripción laboral. Itaipú se rige por normas propias; la legislación paraguaya y la brasileña no se aplican en la Binacional”
Finalmente proclaman “Como paraguayos, tenemos fe en que el Senado de la República pueda rectificar el rumbo de las cosas y que el Presidente de la República haga honor al patriotismo que siempre enarbola como bandera”.
La Comisión Especial de Entes Binacionales del Senado decidió acompañar desde julio de este año los reclamos expuestos por los exobreros de Itaipú (margen derecha) a través de la creación de un proyecto de resolución que será tratado en la Cámara Alta.
En setiembre pasado, Itaipú había rechazado las deudas que reclaman los extrabajadores asegurando que están prescriptos y que los mismos nunca formaron parte del cuadro propio de la Itaipú Binacional. “El Protocolo de Relaciones de Trabajo que hacía solidaria a la entidad sobre eventuales reclamos quedó extinguido por una Nota Reversal aprobada por Ley Nº 1869 del Congreso Nacional, del 8 de abril de 2002, referente al Acuerdo Internacional sobre Relaciones Laborales y de Seguridad Social de los Trabajadores de las Contratistas y Subcontratistas de Obras y Locadores y Sublocadores de Servicio de la Itaipú Binacional”.