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El proyecto de ley fue rechazado por los diputados bajo el argumento de que en plena pandemia y crisis económica se necesitaba de una ley que no discrimine a la hora de conseguir un empleo por figurar en Informconf.
La objeción del Ejecutivo considera que los artículos 9, 17, 19 y 30 deben ser objetados porque la conservación de los datos del titular es esencia y sirve de base al sistema financiero para determinar el riesgo de cada sujeto de crédito.
Los diputados erróneamente incluso dijeron que el Banco Central del Paraguay estaba a favor de levantar el veto del Ejecutivo. Según la diputada Celeste Amarilla (PLRA), con la aplicación de la norma se tendrán más personas en mora crediticia.
El proyecto de ley que entrará en vigencia establece además multas a las empresas que discriminen a las personas que figuran en dichos registros. “Las empresas o entidades que suministran información sobre la situación patrimonial de las personas, la solvencia económica y el cumplimiento de los compromisos comerciales y financieros deberán implementar mecanismos informáticos que de manera automática eliminen de su sistema de información los datos no publicables, conforme se cumplan los plazos establecidos en este artículo”, señala la norma.