Instan a reglamentar la expulsión del Senado

Asesores jurídicos del Senado recomiendan una nueva ley que reglamente el procedimiento y eleve a 23 los votos necesarios para retirarle la investidura a un parlamentario. Leyes similares ya fueron vetadas por ser un “autoblindaje”, pero se reactiva con el caso Friedmann.

El titular del Senado Óscar Salomón  y asesores se reunieron vía online con la Mesa Directiva.
El titular del Senado Óscar Salomón y asesores se reunieron vía online con la Mesa Directiva.Archivo, ABC Color

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Los dictámenes jurídicos fueron solicitados por el presidente del Senado Óscar “Cachito” Salomón (ANR, Añetete) ante la posible pérdida de investidura del senador Rodolfo Friedmann (ANR, Añetete), imputado por presunta corrupción en su gestión de gobernador del Guairá del 2013 al 2018.

Las conclusiones fueron presentadas por separado por los asesores jurídicos de la Cámara Alta Diego Bertolucci, Emilio Camacho y Marcos Köhn Gallardo.

Para Betolucci, en las circunstancias actuales “sólo con Causa Juzgada condenatoria” puede darse la Pérdida de Investidura". “Antes es un prejuzgamiento, por decir lo menos o una persecución política, por decir lo más”, agrega.

El letrado recomienda así reglamentar el artículo 201 de la Constitución Nacional, sobre la pérdida de investidura, para establecer un número mínimo de 23 votos, de 45 senadores titulares, para la expulsión de un legislador de esta Cámara.

Camacho también advierte la necesidad de aumentar el número de votos mínimos. “¿Es constitucional, es racional, es justo que para aplicar la misma sanción prevista para un legislador, sea suficiente la simple mayoría? Sin exagerar, en una sesión a la que asistan 23 Senadores, se puede aplicar la sanción ¡con trece votos!”, dice.

Señala que para la expulsión por uso indebido de influencias se requiere una sentencia o reglamentar el procedimiento garantizando derechos a la defensa y que el Senado tome “la decisión que mejor le parezca”.

“Se debe estimar que 23 votos serán necesarios, ante la presencia de todos los congresistas, para disponer la sanción de separación definitiva del cuerpo”, concluye a su turno Köhn.

Este último recuerda que ya hizo esta recomendación cuando el Congreso intentó reglamentar la pérdida de investidura en dos ocasiones, la primera vetada por Horacio Cartes y la segunda por Mario Abdo Benítez.

Ambos mandatarios se vieron forzados a vetar las normas calificadas de “autoblindaje” o “autobandidaje” ya que en todo momento planteaban la necesidad de una sentencia previa en el Poder Judicial, cuando los casos duran hasta 10 años y ya se demostró una mafia judicial desde el Congreso.

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