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Ríos confirmó que buscará establecer un proyecto de reglamentación sobre el artículo constitucional de la pérdida de investidura. Pese a que se habla de un nuevo intento de “autoblindaje”, el senador aseguró que lo que se busca es “establecer por escrito el procedimiento que se tiene que utilizar para expulsar a un miembro del Congreso”.
“Lo que queremos es aportar un pequeño elemento de civilización jurídica occidental, que exista un procedimiento previamente establecido, escrito y estricto, como ordena nuestro sistema jurídico y los pactos internacionales sobre derechos humanos, simplemente eso”, aseguró en contacto con ABC esta mañana.
En ese sentido, argumentó que la discusión principal primeramente debe ser sobre qué órgano tiene que encargarse de la pérdida de investidura, puesto que el artículo 201 de la Constitución Nacional no lo establece.
“De facto nosotros ya hemos decidido que es la propia Cámara, pero eso es producto de la interpretación (…) Hay exconstituyentes y parlamentarios que sostienen que es el Tribunal Superior de Justicia Electoral el que debe encargarse, el órgano competente para la pérdida de investidura”, expuso.
Asimismo, aseguró que nadie tiene “la verdad absoluta” en este tema, puesto que hasta la fecha todas son puras “interpretaciones” de la norma.
Mencionó que luego de establecer el órgano rector se deben definir por escrito los plazos de todo el proceso de la pérdida de investidura.
El pasado 12 de setiembre, la Cámara Alta aceptó el veto del Poder Ejecutivo al proyecto de ley de la “Pérdida de investidura parlamentaria”, conocida como ley de autoblindaje. Dicha iniciativa pretendía establecer una mayoría absoluta (23 votos en el Senado y 41 en la Cámara de Diputados) para poder destituir a un legislador.
Ahora, para expulsar un senador se necesita una mayoría simple, es decir 13 votos, mientras que para despojar de su investidura a un diputado se precisan 22 votos, como está establecido en la Constitución Nacional.
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