Existen suficientes elementos para anular fallo, dicen

Existen motivos suficientes para que la Cámara de Apelaciones de Central anule la sentencia que absuelve al expárroco de Limpio, Silvestre Olmedo, por acoso sexual a la catequista Alexa Torres. Así afirmaron las abogadas Mirta Moragas y Sonia Von Lepel, ayer durante la presentación de la apelación del fallo judicial, en el Juzgado de San Lorenzo.

Mirta Moragas y Sonia Von Lepel presentaron ayer el escrito en la secretaría de la Cámara de Apelaciones.
Mirta Moragas y Sonia Von Lepel presentaron ayer el escrito en la secretaría de la Cámara de Apelaciones.

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SAN LORENZO (Antonia Delvalle C., corresponsal). Las abogadas del Consultorio Jurídico Feminista refirieron que aguardan que la Cámara de Apelaciones se expida dentro de los 45 días para evitar que la causa se extinga. La Cámara está integrada por los jueces Fabriciano Villalba, María Cardozo de Velázquez y Karem González, quien reemplaza a María Teresa González de Daniel, porque es esposa de Arturo Daniel, compañero de oficina del doctor Rodrigo Yódice, abogado defensor del sacerdote.

Sonia Von Lepel añadió que el Ministerio Público también apeló. A criterio de las abogadas querellantes hay motivos suficientes para que se anule la sentencia, porque tiene varios inconvenientes de logicidad y de interpretación de la norma. Detallaron que el voto de la jueza Dina Machuk no está fundamentado, básicamente lo que hace es trascribir 20 conceptos de la Real Academia Española y concluye que hay hostigamiento.

Explicó que una fundamentación de una sentencia que tiene rango constitucional tiene que estar fundada en la norma, en la logicidad y en la psicología. Por lo tanto, sostienen que la falta de fundamentación de la magistrada es más que suficiente para la anulación de la sentencia.

Con relación al voto del otro integrante del Tribunal de Sentencia, Hugo Segovia, dijo que también tiene problemas de logicidad y de interpretación de la norma, cuando hace el análisis de la conducta de hostigamiento él tiene que analizar la conducta que despliega el agresor sexual. Sin embargo, el magistrado analiza el comportamiento de la víctima, o sea posiciona de manera incorrecta su análisis.

Aseguran que esto le lleva a una conclusión errónea, sumado a un estereotipo de género. “Dice básicamente una mujer víctima de acoso no hizo esto, o que debió hacer, cómo debió comportarse, o qué dijo sentir”, resaltó Sonia Von Leppel.

Además señaló que existen fundamentos contradictorios entre lo que dice Dina Machuk y Hugo Segovia. La primera dice que no hay influencia ni autoridad, sin embargo, su colega Segovia concluye que si hay influencia, que es uno de los elementos del tipo penal de acoso.

Desde el Consultorio Jurídico Feminista como querella adhesiva esperan que el Tribunal de Apelación declare la nulidad total de la sentencia y ordene que el caso contra el sacerdote Silvestre Olmedo vuelva a juicio oral y público.

Sentencia a favor del acusado Silvestre Olmedo

El pasado 10 de agosto el Tribunal de Sentencia, por el voto en mayoría de los magistrados Dina Machuk y Hugo Segovia, había absuelto al sacerdote, pese a que afirmaron que se demostró el toqueteo de senos a la joven. En tanto, la tercera integrante del tribunal, jueza Letizia De Gasperi, votó por la condena de dos años.

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