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El 14 de agosto de 2007, el Tribunal de Sentencia condenó a Leoncio Marecos y a su esposa, Zulma Ríos de Marecos, a penas de 20 y 10 años, en ese orden, más el comiso de 21 inmuebles registrados a nombre del matrimonio.
Con el fin de dar cumplimiento a dicha disposición judicial, la Procuraduría General de la República inició las gestiones tendientes a incorporar dichos bienes al patrimonio estatal, situación que no fue posible cumplir en su totalidad, debido a que quince de ellos figuran a nombre de terceras personas. La lista de los bienes enajenados en circunstancias desconocidas se detalla en la infografía que acompaña este material.
Para precautelar los intereses del Estado paraguayo respecto a los cinco inmuebles que siguen registrados a nombre de los condenados, la jueza penal de ejecución de sentencia María Teresa Ruiz Díaz decretó la prohibición de innovar sobre los mismos.
Se trata de las fincas Nº 14.941 y 13.798 de Limpio, inscriptas a nombre de Zulma Ríos, y las fincas Nº 3.481 y 10.314, de Villa Elisa, y la Nº 21.908, del Chaco, todas registradas a nombre de Leoncio Marecos.
La sentencia condenatoria también dispuso el comiso de la finca Nº 11.607 de la Recoleta, que no figura en ninguna de las dos listas.
La Procuraduría General de la República ahora debe realizar las gestiones tendientes a lograr la nulidad de las transferencias realizadas en forma irregular, para dar cumplimiento a la sentencia.
A su vez, cabe a la Fiscalía realizar el seguimiento a partir del momento en que se decretó el embargo, para determinar quiénes son los responsables de que los condenados hayan podido disponer libremente de sus bienes. Si se decretó el embargo, si se notificó dicha medida –y si así se hizo, en qué circunstancias se quedó sin efecto– son algunas interrogantes a ser aclaradas.