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De igual manera, el Consejo de Superintendencia, previamente, rechazó las excepciones de prescripción, recalificada como caducidad, y de falta de acción interpuestas por Páez Giret.
La resolución de la Superintendencia, asimismo, ordena comunicar de la casación de matrícula a los juzgados y tribunales del país, a través de la Secretaría General de la Corte Suprema y dispuso la inhabilitación definitiva de la firma electrónica habilitada en el portal digital del Poder Judicial.
La causa que motivó la casación de matrícula de Paéz Giret por parte del Consejo de Superintendencia no pudo conocerse ayer porque a pesar de insistentes consultas, la máxima instancia judicial no proveyó la resolución que motivó la aplicación de la sanción más grave prevista para el ejercicio de la abogacía.
Páez Giret de igual manera había sido apercibido en varias ocasiones por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por realizar denuncias temerarias, y los antecedentes fueron remitidos a la Corte.
Otro caso
Que se recuerde en los tribunales, el primer caso de casación de matrícula fue el de Hans Otto Kroeger Kathler, ordenada por resolución N° 440 del Consejo de Superintendencia, el 13 de octubre de 2008.