La sentencia “es un descaro” frente al tendal de denuncias

Alexa Torres, víctima de acoso sexual por parte del sacerdote Silvestre Olmedo, ofreció una conferencia de prensa junto a sus abogadas Sonia Von Lepel y Mirta Moragas. “El Tribunal no solamente me defraudó a mí sino a otras mujeres que sufren estos abusos. La sentencia es un descaro frente al tendal de denuncias”. La Justicia obligará a la denunciante a pagar las costas del juicio, que rondarían los G. 50 millones, dicen.

Sonia Von Lepel y Mirta Moragas, abogadas de la denunciante, y Alexa Torres, de 24 años de edad, estudiante de la carrera de Arquitectura.
Sonia Von Lepel y Mirta Moragas, abogadas de la denunciante, y Alexa Torres, de 24 años de edad, estudiante de la carrera de Arquitectura.Archivo, ABC Color

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Ayer, en horas de la tarde, en el local de La Serafina se realizó una conferencia de prensa en la que Alexa Torres manifestó su indignación por la sentencia del Tribunal que absolvió al sacerdote Silvestre Olmedo de los cargos de acoso sexual. Ella estuvo acompañada de sus abogadas Sonia Von Lepel y Mirta Moragas, del Consultorio Feminista.

“Es bastante indignante la respuesta del Tribunal (de Sentencia de San Lorenzo), después de estos cuatro años volver a recordar todos esos momentos y volver a verle al acosador y escuchar cómo miente descaradamente es muy doloroso. Tenía confianza de que esto no iba a ocurrir, de que iba a ser diferente... Pero también tuve mis dudas de que esto podía ocurrir ya que una nunca sabe cómo va a actuar la Justicia paraguaya y cuáles van a ser los resultados. Toda esta bronca me da más fuerzas para seguir peleando y luchando hasta que se haga justicia”, señaló Alexa, de 24 años de edad, quien se encuentra terminando la carrera de Arquitectura en la UNA.

La misma dijo también que el sacerdote Silvestre Olmedo es un acosador confeso y que además el Tribunal no negó que él haya cometido los hechos. Admitieron que el sacerdote le manoseó los pechos.

“Me siento defraudada... no soy solamente yo la que está pasando por estas situaciones, la que estaba esperando una respuesta favorable, hay otras chicas que pasaron lo mismo y estaban expectantes de la respuesta que iba a darnos la justicia paraguaya. Ellas me escribían y me decían ‘vos sos nuestra voz’ y no solamente es doloroso para mí sino para muchas mujeres, es un descaro ante el tendal de denuncias”, sostuvo Alexa.

Sobre el caso, el texto íntegro de la sentencia estará disponible el 17 de agosto y ahí tienen 10 días hábiles para apelar y las tres adelantaron que lo harán.

Criticaron a Dina Marchuk

Sonia Von Lepel dijo que el Tribunal de Sentencia no llegó a analizar los elementos probatorios porque alegan que no configura el tipo penal de acoso. “El art. 133 del Código Penal por el cual se formuló la acusación tiene unos presupuestos tanto objetivos como subjetivos. Nosotros disentimos con la postura de este Tribunal con todos los miembros y esta sentencia de condena es con votos divididos, De Gásperi, Hugo Segovia y Dina Marchuk resolvieron por la absolución pero a su vez votaron con fundamentos dispares. Este Tribunal es lo más dispar que hay, estaban de acuerdo con la absolución pero con fundamentos distintos”.

Von Lepel criticó a Dina Marchuk porque habla en términos técnicos para confundir aún más a la ciudadanía porque introduce elementos que no hay en el tipo penal.

“El art. 133 habla de dos requisitos: el que ejerza autoridad o influencia y eso se interpreta, pero ella introduce elementos de dependencia y remuneración y esos dos requisitos no están establecidos en el tipo penal”.

Deformación jurídica

Von Lepel dice que Marchuk introduce en su deformación jurídica que ese tipo penal requiere de esos dos elementos y efectivamente no es así.

Lo que piden las abogadas es que el Jurado de Enjuiciamiento se concentre en la responsabilidad y actuación de estos dos magistrados para poder suspenderles en el ejercicio. Lo que puede hacer la Cámara de Apelación es anular y hacer el reenvío para un nuevo juicio oral y público. Se anula la sentencia y se remite a un nuevo juicio oral y público. “En este estadio donde quedo el juicio oral no se llegó analizar ningún elemento probatorio”.

“No esperábamos mucho del Tribunal, pero tampoco esperábamos que este sea el nivel de la pobreza de argumentos. Es la postura más conservadora y radicalizada de una mujer. Esto hace que sea más que necesario analizar la formación de los jueces y juezas”, recalcó Sonia.

Tribunal castiga a Alexa

Mirta Moragas dice que “en su decisión, el Tribunal lo que nos está diciendo es que Alexa es la que tiene que pagar las costas aludiendo una supuesta temeridad de esta querella. Qué significa la temeridad, significa una acusación sin fundamentos, cuando en el juicio está plenamente acreditado que los hechos no están controvertidos y no sabemos a qué se refieren con la temeridad.

“Creemos en la misma línea de complicidad con la Iglesia Católica lo que hace el Tribunal es enviar un mensaje claro de castigo. Le dice a Alexa que acá va a haber impunidad habiéndose comprobado los hechos, no vamos a castigar, sino que además te vamos a castigar por haber hecho la denuncia. Entonces, para nosotras es un claro castigo para Alexa y estamos hablando como mínimo del pago al abogado de la Iglesia de al menos G. 50 millones. Lo que hizo el sistema de justicia es castigar a Alexa por tener la valentía de pararse frente a una institución poderosa y sostener su acusación”. criticó Moragas.

Jurado analizará actuación del Tribunal que absolvió a cura

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), presidido por el senador Enrique Bacchetta, solicitó ayer a la presidenta del Tribunal de Sentencia, Olga Leticia de Gásperi, que le remita los antecedentes de la causa en la que el lunes fue absuelto el sacerdote de Limpio Silvestre Olmedo de un proceso de acoso sexual.

El pedido de informe es a los efectos de realizar una investigación preliminar sobre las actuaciones de los magistrados del Tribunal, que además de De Gásperi estuvo conformado por Dina Marchuk y Hugo Segovia, quienes por mayoría libraron de culpa y pena al cura. El JEM emplazó por 48 horas a De Gásperi para que remita los antecedentes.

El Tribunal de Sentencia de San Lorenzo alegó que manoseo en pechos y espalda no es elemento suficiente para hallar culpable a Olmedo de la acusación por acoso sexual a una joven en 2016.

Marchuk dijo que no existía una relación vertical o de dependencia entre la joven y el acusado. “El cura párroco no ejercía ninguna autoridad sobre la víctima. No era dependiente (...). El acoso se caracteriza por reiterados hostigamientos y persecuciones que tienen el objetivo –de– que la otra persona acceda a hacer aquello que se le exige insistentemente. Vemos que en esta situación no se dio. El cura párroco no presionó o intimidó de manera alguna a la víctima a tener relaciones sexuales”. La sentencia generó rechazo e indignación de algunos sectores.

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