Dan a conocer decreto que dispone medidas especiales para Alto Paraná

La Presidencia de la República dio a conocer el decreto en el cual el Poder Ejecutivo dispone las medidas específicas por las que se regirá el departamento de Alto Paraná, hasta el 16 de agosto, en lo que se ha llamado la cuarentena 0.5, para evitar que siga aumentando de manera masiva los casos de COVID-19 en la zona. La comunicación de esta decisión causó un gran descontento en la población esteña debido a la delicada situación económica que atraviesa la zona.

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Marta Escurra

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El Decreto N° 3900, “Por el cual se disponen nuevas medidas específicas en el marco del plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general en todo el territorio del departamento de Alto Paraná”, fue emitido el pasado 30 de julio, pero se dio a conocer en la fecha por parte de la Presidencia de la República. Las medidas rigen desde el 30 de julio hasta el 16 de agosto para tratar de detener el aumento masivo de contagios del nuevo coronavirus en esa parte del país.

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El documento señala que los habitantes de la zona solo podrán realizar desplazamientos mínimos para aprovisionarse de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. Están exceptuadas las autoridades del Poder Ejecutivo y Judicial, los médicos, militares, policías, las personas que deben asistir a aquellas con alguna discapacidad, los trabajadores de medios de comunicación y los comercios esenciales para la cadena logística como supermercados y despensas.

En cuanto a los comercios no esenciales, podrán abrir en un horario restringido, de 5:00 a 17:00. Estos podrán operar sin habilitar áreas comunes como patios de comidas, espacios o banquillos de espera y cambiadores.

Para aquellos locales que requieran de la permanencia del cliente durante más de 30 minutos, el Ejecutivo señala que deberán trabajar con agendamiento previo, con registro individualizado de las personas.

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También podrán trabajar aquellos que se dediquen al mantenimiento de servicios básicos, como, por ejemplo, agua o electricidad, y de emergencias, pero con personal mínimo. Asimismo, estarán habilitados los servicios funerarios, todos los que trabajen para obras públicas pero con cuadrillas de trabajo y por rotación.

Se encuentra permitida la circulación de los que deliverys, los funcionarios dedicados al transporte, recolección y disposición de residuos; los servicios de cajeros automáticos y todas aquellas actividades que el Banco Central “considera imprescindibles”.

A su vez, las estaciones de servicio y distribuidores de garrafa estarán habilitados solo de 5:00 a 23:00. Otros sectores que podrán seguir operando son: los integrantes de la cadena logística de puertos y transportes fluviales, los servicios aduaneros y descarga de mercaderías; servicios esenciales de vigilancia, limpieza y hospedaje.

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También industrias en general y su cadena logística (con rotación y cuadrillas). Esto abarca a la fabricación de productos domiciliarios, a las fábricas textiles, de madera, metales, plásticos, cerámica, cemento y vidrios, imprentas, fábricas de maquinarias y automotriz; mantenimientos de fábricas y talleres mecánicos; mampostería.

El decreto exceptúa además del aislamiento estricto a todo lo referente a la producción agropecuaria, avícola, pesquera y forestal.

Agrega que pueden prestarse servicios profesionales y no profesionales a domicilio del cliente, de 07:00 a 17:00, cumpliendo con el protocolo sanitario.

Otras consideraciones

En estos parámetros establecidos, no pueden incluirse a las personas mayores de 65 años de edad, porque se encuentran en la edad de riesgo para la enfermedad de COVID-19, lo cual no incluye a aquellos que sean de servicios médicos urgentes.

Los habitantes de otros departamentos no podrán ingresar al territorio de Alto Paraná, excepto los mencionados en el artículo 2 del decreto que hace referencia a autoridades, personas del área de la salud y de otros servicios esenciales.

Las entidades públicas solo podrán trabajar de 8:00 a 15:00 solo con la cantidad necesaria de funcionarios para atender. También se recuerda en el decreto la obligatoriedad del uso de tapabocas en los lugares en que no pueda mantenerse la distancia.

Cabe recordar que el anuncio fue realizado por los integrantes del Ejecutivo el pasado 29 de julio, lo que generó un gran descontento ciudadano, en atención a que las ciudades fronterizas están atravesando por una difícil situación económica debido a que las fronteras siguen cerradas. Sin embargo, desde el Ministerio de Salud se mantienen en la postura de que es necesario aplanar un poco la curva de contagios de COVID-19 en la región, porque las camas de terapia intensiva ya están al tope.

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