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El abogado Ricardo Aníbal Berau, del Ministerio de la Defensa Pública, que representa a 18 agentes penitenciarios, contó que en la víspera había solicitado la revocatoria del auto de prisión por haber compurgamiento de la pena mínima establecida en el Código Penal para los hechos atribuidos a los mismos.
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“Han transcurrido seis meses desde el momento en que se decretó la prisión preventiva de los mismos. Mis defendidos están siendo procesados por liberación de presos, frustración a la ejecución y persecución penal y asociación criminal que tienen una expectativa de pena mínima de seis meses y amparados en los preceptos constitucionales, que son de mayor jerarquía. Esta representación considera que debe ser viable”, dijo el letrado.
Agregó que, sin embargo, el representante legal de otros procesados en la misma causa habían solicitado lo mismo, cuya pretensión fue rechazada por la magistrada Sadi Estela López. Como fundamento, la mencionada magistrada ha sostenido que aún se encuentra en etapa investigativa teniendo en cuenta la declaración de pandemia por lo que los plazos han quedado en suspenso.
A criterio de la defensa, independientemente de la cuestión procesal, la prisión preventiva no guarda ninguna relación para que pueda ser considerada como un elemento para no otorgar la revocatoria del auto de prisión.
El precepto constitucional establece que la prisión preventiva no debe prolongarse por más tiempo que la pena mínima.
El defensor público adelantó que si el Juzgado no da lugar al pedido, tendrá que recurrir a la siguiente instancia.
Cabe destacar, que en sonados casos como el del exsenador Óscar González Dáher, se han dado lugar a la revocatoria al cumplir la pena mínima, pese a la vigencia de la pandemia sanitaria.