Criterio de jueza para blanquear a ZI contradice a la propia Corte Suprema

La jueza Cinthia Garcete Urunaga recurrió a un criterio jurídico contrario a una reciente postura de la Corte Suprema de Justicia para blanquear al senador Javier Zacarías Irún (ANR, cartista) y a su esposa Sandra McLeod, exintendente de Ciudad del Este.

El senador Javier Zacarías; la exintendenta de CDE  Sandra McLeod y el expresidente Horacio Cartes.
El senador Javier Zacarías; la exintendenta de CDE Sandra McLeod y el expresidente Horacio Cartes.

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CIUDAD DEL ESTE (De nuestra redacción regional). La Fiscalía Anticorrupción había acusado a la pareja Zacarías-McLeod de desviar G. 3.700 millones del presupuesto de publicidad de la Municipalidad para la campaña electoral de los miembros de su familia en las internas de 2015 y 2017. Además, para financiar la promoción política del clan, alquiler de radios, pago a periodistas afines, entre otros gastos no establecidos en los contratos de publicidad de la Municipalidad. El desfalco a las arcas municipales se había producido entre el 2014 y 2018, según la Fiscalía.

La jueza penal de Garantías, Cinthia Garcete Urunaga, anuló parcialmente la investigación fiscal al alegar que las ejecuciones presupuestarias 2014 y 2015 de la Comuna esteña “ya fueron juzgadas y aprobadas por el Tribunal de Cuentas”. Con ese criterio la magistrada dejó impune el saqueo a las arcas municipales de 2014 y 2015.

Sin embargo, el criterio de la magistrada para favorecer al clan Zacarías es contrario a una postura jurídica consignada en una resolución de la Corte Suprema de Justicia.

En el Acuerdo y Sentencia N° 749, de fecha 21 de octubre de 2019, dictado por la Sala Penal de la Corte, integrada por Miryam Peña, Manuel Ramírez Candia y Pedro Mayor Martínez, se expuso: “...corresponde mencionar que la aprobación de la rendición de cuentas, producto de un juicio administrativo no puede eximir de investigación fiscal, juzgamiento y eventual condena...”. Esta apreciación jurídica fue plasmada en la causa caratulada José Felicísimo Segovia Boltes y otros s/lesión de confianza y asociación criminal”.

Los fiscales Diego Arzamendia, Natalia Fúster y Francisco Cabrera apelaron el auto interlocutorio N° 553, firmada por la jueza Garcete, por la cual fueron blanqueados los acusados en la causa Nº 13/2019 caratulada “Sandra María McLeod de Zacarías y otros s/lesión de confianza”.

“La labor de juzgamiento realizado por la Segunda Sala del Tribunal de Cuentas a las rendiciones de cuentas de las entidades públicas no puede quedar equiparada a la que se lleva a cabo en el fuero penal, pues se quebrantaría el principio de exclusiva competencia de la jurisdicción penal en el juzgamiento de hechos punibles”, remarcaron los fiscales en su apelación.

Para concretar el sobreseimiento de la pareja McLeod-Zacarías, la jueza Garcete había desacreditado la validez de la mayoría de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía. Los fiscales acusaron a la jueza Garcete de extralimitarse en sus funciones para valorar las pruebas, una atribución que corresponde al Tribunal de Sentencia.

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