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Si bien el jefe comunal Óscar Rodríguez (ANR) anunció en diciembre pasado que rescindiría el contrato con la empresa TX Panamá, no lo hizo, sino que suspendió el contrato.
Ahora la firma reclama que la Ley 2051/03 de Contrataciones Publica en su Art. 60 se expresa que “…el proveedor o contratista podrá dar por terminado el contrato” en el caso de que la suspensión de los trabajos dure más de 60 días. En el caso de la Comuna, esta suspendió el contrato “sin causa justificada” por más de 180 días, asegura la empresa.
Asimismo, solicita “el reembolso de los gastos, pago por servicios prestados y una indemnización por pérdida de chance, que en suma alcanzaría aproximadamente 15 millones de dólares”.
El Consorcio TX asevera que trabajó durante 13 meses presentando 13 informes de gestión, los cuales fueron aprobados y validados por la Administración Municipal, sin embargo, dicha administración no abonó un solo guaraní al consorcio hasta la fecha, existiendo facturas pendientes de pago por más de 300 días, dicha circunstancia también es expresamente establecida en la Ley 2051/03 de contrataciones públicas como causal de rescisión de contrato por causa imputable a la contratante.
Cuando el intendente Óscar Rodríguez (ANR) anunció la rescisión no pudo decir qué argumentos legales se utilizarían para defender al municipio de una posible demanda. Sin embargo, aseguró que esta había tenido faltas y luego la Comuna sostuvo que TX no tenía derecho a ninguna indemnización.
Se repite caso
También por inoperancia municipal, Asunción había recibido una demanda por parte de Ivesur, que reclama US$ 9 millones. La misma no había sido apelada en su momento por la Comuna.