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La jueza Garcete pudo haberse excedido en sus competencias al anular las pruebas presentadas por el Ministerio Público en el caso de los Zacarías Irún, que implicó un desfalco de más de G. 1.200 millones a las arcas de la Municipalidad de Ciudad del Este. Este fue el planteamiento del abogado penalista José Casañas Levi, quien conversó con ABC este martes.
La decisión de la magistrada se dio en una audiencia preliminar y a pedido de los abogados Ricardo Preda y Cristhian Cabral, defensores del matrimonio Zacarías-McLeod. Casañas dijo que esto solo puede darse en un juicio oral, “a no ser que sea ostensible, que lo que está presentando el Ministerio Público no tenga ningún mérito”.
“En la audiencia preliminar, el juez lo único que tiene que resolver es si la carga que le presenta, de todo lo que juntó el Ministerio Público en esa audiencia, es suficiente o tiene méritos para un debate en un juicio. La responsabilidad penal en puridad se tiene que resolver en un juicio oral y público y no en una audiencia preliminar”, expresó Casañas Levi.
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“Cuando un juez se ubica en la posición de un tribunal, está cruzando una línea que no puede cruzar”, añadió.
El abogado, que también es director de la Unidad de Anticorrupción del Ministerio de Educación, dijo además que la jueza no puede decidir si hubo o no doble juzgamiento en una determinada cuestión. Garcete anuló completamente la investigación fiscal de los ejercicios 2014 y 2015, al señalar que ese período ya fue juzgado y aprobado por el Tribunal de Cuentas.
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“La discusión es el alcance de la competencia de la jueza, es el debate de fondo realmente acá. El Código Procesal Penal dice que la responsabilidad de un juez penal de Garantías es el control de la investigación, que es lo que no se hace. El control de la investigación, claramente, en el Código Procesal Penal, implica que, cuando hay una actuación irregular del Ministerio Público, el juez tiene que intervenir. Y eso no quiere decir que intervenga disponiendo actos de investigación. Tiene que intervenir cuando una de las partes o él se percate de que hay una actuación irregular. Normalmente no lo hace”, opinó Casañas Levi.
Los fiscales Diego Arzamendia y Jorge Arce se opusieron a la decisión de Garcete, pero la magistrada sostuvo que las pruebas anuladas fueron obtenidas de forma ilegal al no contar con autorización judicial y sin la presencia de la defensa para el control.
Garcete alegó que la Fiscalía no atribuyó de forma precisa al senador Zacarías los hechos considerados como una instigación, sino que solo expuso un relato genérico de la conducta del cartista.
Las diligencias de averiguación no fueron agotadas, por lo que la jueza sobreseyó de forma provisoria a McLeod y los otros citados.
Ahora, la Fiscalía tiene un año de plazo para reunir más pruebas y solicitar la reapertura de la causa. Acorde a la acusación fiscal, los investigados eran parte de un esquema que desvió G. 1.211.285.517 del presupuesto de publicidad de la Comuna, para la campaña electoral del clan Zacarías en las internas de la ANR en 2015 y 2017 y para el ex presidenciable cartista Santiago Peña. El fiscal Arzamendia anunció que recurrirán al Tribunal de Apelaciones para solicitar la anulación de la resolución de la jueza Garcete Urunaga.