Aprueban eliminación de sueldos vip, pero excluyen a binacionales

La Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley que pone topes a salarios de funcionarios públicos que superen al del Presidente de la República, el cual ronda los G. 37 millones al mes. Sin embargo, los legisladores excluyeron de la propuesta a las binacionales.

Las compuertas del vertedero de Itaipú fueron abiertas ayer con el fin de mejorar la navegabilidad del río Paraná entre las represas de Itaipú y Yacyretá.
Las compuertas del vertedero de Itaipú fueron abiertas ayer con el fin de mejorar la navegabilidad del río Paraná entre las represas de Itaipú y Yacyretá.Archivo, ABC Color

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En la sesión de este martes los diputados aprobaron la propuesta de ley conocida como “Proyecto Godoy”, el cual busca eliminar los salarios vip en la función pública. Sin embargo, los legisladores modificaron la propuesta y sacaron del texto a los funcionarios de las entidades Itaipú y Yacyretá.

El principal argumento fue que no se puede por ley modificar el estatuto de las binacionales, que fueron establecidas por convenios internacionales. Esto, de acuerdo al dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que se llevó 44 votos a favor durante la votación final.

El diputado colorado Derlis Maidana, propuso mantener la propuesta, a excepción de lo que corresponde a las binacionales. Dijo que amerita el tope a los trabajadores de Itaipú y Yacyreta, pero que no se puede pues “las altas partes contratantes deben ponerse de acuerdo”, y “no podemos violar la constitución”.

Sobre el punto, el diputado Roberto Eudes González (ANR), explicó que los funcionarios de una entidad internacional, tienen una situación similar al de los empleados de las Naciones Unidas, los que, independientemente, de sus nacionalidades, se rigen por el tratado que le dio nacimiento a la entidad.

“Quiero que se respete la institucionalidad; si deslizamos este error político, mañana nuestra contraparte en Itaipú o Yacyretá podría también recurrir a esta misma metodología, para disponer que los funcionarios ganen más que los presidentes de ambos países”, argumentó.

Otro cambio al proyecto original, se da en la limitación de viajes al extranjero, la cual fue testada por la comisión de Asuntos Constitucionales, luego de escuchar el parecer de varias instituciones del Estado, entre ellas, Ministerio de Defensa, Corte Suprema de Justicia, y Relaciones Exteriores.

El diputado Sergio Rojas (PLRA), propuso que los viajes sean reducidos a dos y, salvo casos excepcionales, la máxima autoridad de la institución sea la encargada de autorizar vía resolución o decreto justificado, la ampliación de dicho cupo. La propuesta de Rojas no prosperó y los topes de viajes fueron eliminados en la versión Diputados.

Otra de las modificaciones importantes, es la limitación para la contratación de asesores, que se estableció podrá ser hasta un máximo de tres, los cuales tendrán vínculo con el Estado hasta tanto, la autoridad que los contrató siga en el cargo. Posterior a ello deberán abandonar la institución sin derecho a percibir ningún tipo de indemnización.

Asimismo, el documento prohíbe la contratación de parientes dentro del cuarto grado de consanguineidad y segundo de afinidad, tanto de la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), como de los miembros de sus órganos colegiados, en el organismo o entidad del cual formen parte, sea en calidad de funcionario permanente, contratado o personal de confianza.

En cuanto a la prohibición para la provisión de combustibles para la máxima autoridad de los OEE y para los miembros de órganos colegiados, se mantiene en la versión de Diputados, pero se exceptúan para los desplazamientos derivados de la función o del cargo.

Como uno los puntos agregados al capítulo de las prohibiciones se encuentra las remuneraciones adicionales en concepto de cumplimiento del deber de asistencia al lugar de trabajo (presentismo).

Un artículo nuevo incorporado al documento hace referencia a los traslados y comisiones de trabajo. En este sentido, se establece que en el marco de aplicación de la movilidad laboral, no se podrá realizar el traslado definitivo ni el comisionamiento de funcionarios de un organismo o entidad a otra distinta, cuando no concuerde la naturaleza y necesidades de la institución de destino con el perfil profesional del funcionario.

El documento fue aprobado con modificaciones y remitido a la Cámara de Senadores para un nuevo análisis.

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