Aprueban ley que anula facturas de ANDE y Essap de marzo, abril y mayo

La Cámara de Senadores aprobó en general el proyecto de ley que anula las facturas de consumición de los servicios de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap) por marzo, abril y mayo. La propuesta pretende que las empresas estatales vuelvan a revisar la consumición de cada medidor y que el pago se realice a cuotas.

De manera virtual, los ministros del Ejecutivo dieron ayer informes al Senado sobre los gastos por la ley de emergencia.
De manera virtual, los ministros del Ejecutivo dieron ayer informes al Senado sobre los gastos por la ley de emergencia.Archivo, ABC Color

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Los senadores dieron visto bueno en general al proyecto que establece cancelar y dejar sin valor las facturas de las citadas empresas estatales. Así también, prohíbe a ambos entes emitir facturas sin la lectura correspondiente de los medidores. Este punto se incluye debido a que las autoridades de la ANDE reconocieron que emiten facturas con base en promedios, no a la consumición real.

Durante el debate, la senadora colorada Lilian Samaniego dijo que la iniciativa podría generar graves “consecuencias administrativas y jurídicas” para ambas entidades del Estado. Pidió por ello una semana de tiempo para analizar el proyecto, previa entrevista a los presidentes de Essap y ANDE para que expliquen el porqué de las sobrefacturaciones a miles de usuarios.

Sin embargo, por mayoría se resolvió aprobar en general y seguir con el debate para su aprobación total en la fecha.

El senador Enrique Salyn Buzarquis, del PLRA, proyectista, está encadenado frente a la sede central de la ANDE en contra de la sobrefacturación en plena pandemia de COVID-19. Acompaña la sesión online desde ese lugar.

Tras el debate, fue aprobado el artículo 1° que establece la cancelación de facturas emitidas en marzo, abril y mayo sin que se hayan realizado las lecturas de medidores correspondientes. Luego de 30 días de la promulgación de la presente ley cada empresa estatal deberá emitir una sola factura con los montos correctos de los tres meses de consumo y dicho pago podrá ser fraccionado hasta en 18 meses, que serán sumados a las facturas desde el mes de julio.

El artículo 2° quedó aprobado y prohíbe a dichas empresas -ANDE y Essap- emitir facturas sin la debida lectura de los medidores de los usuarios. Con relación al artículo 3° se acordó que los pagos de facturas ya realizados con antelación a esta ley, sean descontados automáticamente de las facturas emitidas posteriormente.

También se aprobó un artículo en el que se establecen descuentos por un periodo de seis meses a los cargos por consumo. Los usuarios de energía eléctrica tendrán un descuento de la tarifa vigente desde junio conforme a los kwh que utilicen.

Para consumos de 1 a 150 kwh mensuales el descuento será del 90%, para consumos desde 151 a 300 kwh mensual, será del 70%; consumos de 301 a 500 kwh al mes tendrán 50% de descuento, de 501 a 750 kwh al mes tendrán 25%, desde 751 a 1.000 kwh obtendrán descuentos del 15% y aquellos que consuman de 1.001 hasta 1.500 kwh mes, tendrán 5% de descuento.

Con estas modificaciones el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados para su consideración.

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