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Los diputados sancionaron hoy el proyecto de ley que hace recortes a gastos superfluos y privilegios en cargos superiores en todas las instituciones. La normativa –que fue impulsada por el senador Sergio Godoy– prohíbe la compra de pasajes, bocaditos, combustible y remuneraciones extra a los funcionarios de alto rango en las diversas entidades del Estado. También estable topes a los altos salarios de la función pública, prohibición de contrataciones de parientes y otras medidas de racionalización de los recursos del erario.
La ley –que ya tenía media sanción del Senado– fue aprobada con 68 votos. La mayoría de los diputados sentó postura a favor de la normativa, pero con modificaciones. Su estudio en particular quedó postergado por 8 días.
El proyecto de ley “que prohíbe las compras y contrataciones superfluas, excesivas e innecesarias, prohíbe y limita el nombramiento y la contratación de parientes y de asesores, fija topes salariales para la autoridades públicas de rango superior y establece otras medidas de racionalización del gasto público”, dispone que ningún funcionario de rango superior podrá ganar más que el Presidente de la República, según la normativa, lo que fija como tope salarial alrededor de G 37 millones.
Igualmente, establece que todas las licitaciones hechas con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y otros entes internacionales se realicen con la intervención de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
En otro punto, prohíbe a las autoridades el nombramiento de parientes dentro de la entidad a cargo ya sea como funcionario o como contratado que reciba un salario, remuneración o ingreso público y que solo podrán incorporar un máximo de tres asesores, remunerados o no, quienes ejercerán dichas funciones mientras lo hagan las autoridades para las que trabajan.
Además, cancela la contratación de seguro médico privado y medicina prepaga –por parte del Estado– para autoridades de rango superior.
Uno de las disposiciones polémicas es que fija un tope a los salarios de los directivos y altos funcionarios de las binacionales. La ley en su versión del Senado estipula que ninguna autoridad de rango superior de Itaipú o Yacyretá podrá percibir un sueldo mayor al del Presidente de la República.
En cuanto a sanciones, se estableció que el incumplimiento de la referida normativa será considerada una falta grave siendo pasible de sanciones disciplinarias conforme a lo previsto en la ley de la Función Pública. Su incumplimiento por parte de las autoridades de alto rango serán consideradas como mal desempeño de sus funciones.
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