“Yo puedo desviar (una barrera), eso no es un delito y no justifica un ataque”

Tras el reciente hecho de gatillo fácil del cual fue víctima un niño de seis años, se instaló el debate sobre la función de las barreras policiales y sus atribuciones. La abogada Jazmín Acosta defendió la implementación de estos controles, pero cuestionó la manera en que la Policía utilizó la fuerza. “Desviar una barrera no es un delito; en el caso de que fuera un delito, la Policía no puede disparar", aseveró.

Momento en que conductor evita la barrera de control.
Momento en que el conductor evita la barrera de control.ABC Color

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La abogada Jazmín Acosta habló con ABC respecto a la instalación de barreras policiales para el control de vehículos que se aplican en la actualidad principalmente para verificar el cumplimiento de la cuarentena sanitaria en el marco de la pandemia de COVID-19. Sin embargo, la situación se descontroló cuando unos policías dispararon contra un vehículo solo porque el conductor evitó la barrera y las balas impactaron en su hijo, un menor de seis años, quien ahora se encuentra hospitalizado.

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En ese contexto, la abogada defendió la implementación de barreras al señalar que son de carácter preventivo. “No creo que estén perturbando tu derecho con esta barrera”, aseveró.

“Yo, personalmente, creo que es legal, que el Código Procesal Penal prevé el uso de las barreras de manera preventiva, pero el Ministerio Público tiene que estar informado", comentó. No obstante, señaló que lo realmente preocupante es la manera en que se usó la fuerza en el mencionado caso.

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“¿La Policía puede usar la fuerza? La Policía puede usar, pero para que ese uso de la fuerza sea legítimo tiene que reunir dos requisitos básicos: tiene que ser necesario y tiene que ser proporcional; está en el artículo 182 del Código Procesal Penal. De hecho, desviar una barrera no es un delito, pero incluso en el caso de que fuera un delito, la Policía no puede disparar directamente”, expresó.

“Tanto así es este tema que la Policía reglamentó esto en un manual, definió que disparar un auto tripulado como el uso de la fuerza letal y, en ese contexto, ¿qué es lo que hace? Prohíbe expresamente. Está prohibido disparar contra un vehículo en movimiento, con una excepción: que esté en peligro la vida del policía o de un tercero, y en este caso no existieron ninguna de las cosas”, agregó.

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Otro motivo por el que los uniformados pueden utilizar la fuerza se basa en vencer la resistencia. “La normativa legal dice al respecto que, en la medida en que va aumentando la resistencia, se puede ir aumentando la fuerza. En la medida en que voy a ir aumentando el uso de la fuerza, tengo que avisar. Solamente está permitido cuando sea necesario y proporcional”, enfatizó.

Acotó que la Policía en Paraguay está muy acostumbrada a la cultura de la sospecha. “Ellos creen que si vos desviás una barrera, vos ya sos sospechoso de algo (...) Yo puedo desviar, eso no es un delito y eso no justifica un ataque. Eso genera una sospecha, pero eso no justifica el uso de la fuerza. No es ni siquiera una falta administrativa", opinó.

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El hecho en cuestión se registró el sábado, 30 de mayo, en horas de la noche. El niño iba en el asiento trasero de un automóvil Toyota Runx negro, que era conducido por su padre. Así también en el vehículo se encontraban su madre y su hermanita de tres meses de edad.

El padre del menor evitó una barrera policial montada frente al predio de Senasa, 400 metros antes de alcanzar la rotonda de Yberá. Por ese motivo, la Policía lo persiguió por seis kilómetros sobre la avenida General Eugenio A. Garay, desde San Lorenzo hasta Luque y al alcanzarlo abrió fuego contra el vehículo.

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Dos balas impactaron en el cuerpo del menor y una lo hirió de refilón. Los policías trataban de esposar al conductor mientras la madre del niño rogaban que lo auxilien. Personas que pasaban por el sitio decidieron llevar al menor al hospital y actualmente el niño se encuentra estable. Asimismo la Fiscalía imputó a los policías Derlis Sanabria y Juan Amarilla por tentativa de homicidio, omisión de auxilio y lesión corporal en ejercicio de función pública.

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