Senado da un “tijerazo” a salarios y beneficios del sector público y binacionales

Tras varias horas de sesión virtual, los senadores culminaron el análisis por artículo de la ley “que prohíbe las compras y contrataciones superfluas, prohíbe y limita el nombramiento parientes y, fija topes salariales para la autoridades públicas”. Además de establecer topes salariales en las binacionales, se estipularon recortes a “autoridades de alto rango”, además de limitar contratación de parientes. También eliminaron la contratación de seguros médicos para dichos funcionarios.

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El proyecto de ley “que prohíbe las compras y contrataciones superfluas, excesivas e innecesarias, prohíbe y limita el nombramiento y la contratación de parientes y de asesores, fija topes salariales para la autoridades públicas de rango superior y establece otras medidas de racionalización del gasto público” fue aprobado en general el pasado miércoles y este viernes fue considerado en particular.

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Ningún funcionario de rango superior podrá ganar más que el Presidente de la República, según la normativa, lo que fija como tope salarial alrededor de G 37 millones.

Las principales modificaciones planteadas estuvieron relacionadas con los afectados por los recortes salariales y de beneficios. Se consideró excluir de la nómina de funcionarios de alto rango a intendentes de tercera categoría y miembros de las juntas municipales, miembros de los tribunales de apelación y agentes fiscales adjuntos.

Se aprobó el artículo que establece que todas las licitaciones hechas con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y otros entes internacionales se realicen con la intervención de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).

También quedó el artículo que prohíbe a las autoridades el nombramiento de parientes dentro de la entidad a cargo ya sea como funcionario o como contratado que reciba un salario, remuneración o ingreso público y que solo podrán incorporar un máximo de tres asesores, remunerados o no, quienes ejercerán dichas funciones mientras lo hagan las autoridades para las que trabajan.

Lo relacionado a la contratación de seguro médico privado y/o medicina prepaga - por parte del Estado - para autoridades de rango superior, quedó prohibida.

Otro debate que llevó horas fue sobre los recortes a las binacionales. En este punto se acordó fijar un tope a los salarios de los directivos y altos funcionarios de las binacionales. La ley estipula que ninguna autoridad de rango superior de Itaipú o Yacyretá podrá percibir un sueldo mayor al del Presidente de la República.

Se estableció que el incumplimiento de la referida normativa será considerada una falta grave siendo pasible de sanciones disciplinarias conforme a lo previsto en la ley de la Función Pública. Su incumplimiento por parte de las autoridades de alto rango serán consideradas como mal desempeño de sus funciones.

Entre las disposiciones se estableció que el Poder Ejecutivo reglamentará dicha ley dentro del plazo de 30 días de su promulgación y publicación.

El proyecto de ley con las referidas modificaciones que obtuvo media sanción será remitido a la Cámara Baja para su consideración.

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