Aclaran que disposición sobre chapas afecta solo a vehículos no exceptuados

En una aclaración emitida por el Ministerio del Interior, se mencionan varios puntos sobre el Decreto 3525/20 emitido hoy por el Ejecutivo. Uno de ellos es que el número de terminación de chapas a la hora de circular solo se aplicará a los vehículos no afectados por las excepciones.

Agentes policiales de todo el país realizaron ayer recorridos para instar a la población a no aglomerarse. Los lugares que siguen teniendo afluencia son  los locales de venta de alimentos, que están exceptuados de la cuarentena, entre otros negocios. Hoy la fuerza pública efectuará controles más intensos, según se anunció. El Poder Judicial garantiza que seguirán sus servicios básicos.
Agentes policiales realizando controles en el tránsito durante la cuarentena.Archivo, ABC Color

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La Presidencia de la República promulgó el decreto mediante el cual se amplía la cuarentena obligatoria desde el lunes 13 hasta el domingo 19 de abril. Tras la socialización del mismo, surgieron dudas sobre todo en lo referente al artículo 7°, que establece que vehículos podrán circular ciertos días de acuerdo a la terminación de sus chapas (terminación impar: lunes, miércoles, viernes y domingo; terminación par: martes, jueves, sábado).

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Al respecto, una aclaración emitida por el Ministerio del Interior especifica que este decreto aplica solo a los no exceptuados. “Esto será modificado en el decreto para brindar mayor claridad”, señala el comunicado. Otra pregunta frecuente es si el número de chapa termina en cero, a lo que se responde es que dicho número será tomado como par, es decir, podrá circular los martes, jueves, sábado.

“No es mi día de salida, pero tengo una emergencia de salud, ¿puedo transitar? Sí puede transitar. Debe demostrar a la autoridad el motivo de su salida”.

Se habla además de la circulación del personal de blanco y todos los exceptuados de las medidas, a los que la medida sigue sin afectar, es decir, pueden circular sin restricciones.

Otro punto es respecto quienes podrán acceder al aislamiento en un albergue con vigilancia del Gobierno. “Personas que deseen por propia voluntad aislarse de su entorno, personas en situación de vulnerabilidad, que no tengan posibilidad de guardar aislamiento en su hogar (familias numerosas que conviven en espacios reducidos), personas que hayan incumplido el aislamiento, personas provenientes del exterior, que ya se hallen en cuarentena en lugares dispuestos por el gobierno y den positivo.

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