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El Banco Central del Paraguay (BCP) señala que la medida se ejecuta considerando que el Decreto N° 3478/2020 no implica feriado bancario, por lo que entidades bancarias, empresas financieras, entidades de medios electrónicos de pago, otorgantes de crédito dinerario (casos de créditos) y compañías de seguros seguirán operando.
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Las entidades, entre otros puntos:
1) Deberán cumplir horario mínimo de atención: brindar atención al menos 4 horas.
2) Podrán determinar cierres temporales de las oficinas matriz, agencia o sucursales, previa notificación.
En su comunicado, el BCP insta a las entidades a promover la utilización de mecanismos digitales para la realización de algunas operaciones.
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Finalmente, la banca matriz informó que los servicios de Sistemas de Pagos del Paraguay (Sipap) y provisión de efectivo serán proveídos en forma normal. El horario será comunicado el próximo 23 de marzo.