Trabajo se suma al protocolo de prevención del covid-19

Las instituciones dependientes del Poder Ejecutivo se van sumando a los protocolos de actuación en casos de detección de personas con síntomas. El Ministerio del Trabajo presentó hoy su plan de acción que deberá ser implementado en todas las empresas del país de darse casos sospechosos. Se establece –entre otros puntos– la obligación del empleador de comunicar los casos al Ministerio de Salud y hacerse cargo de los gastos médicos si el trabajador no cuenta con cobertura del seguro social.

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Carlos Ortega

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Tras el decreto presidencial que insta a varias instituciones del Estado a colaborar con el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) en la aplicación del “Plan Nacional de Respuesta a Virus Respiratorios 2020” este martes, las diversas carteras estatales presentaron sus protocolos para encarar una posible propagación viral del coronavirus.

El Ministerio del Trabajo –a cargo de Carla Bacigalupo– presentó el plan de acción por el que se regirán las empresas en el caso de que se registren casos sospechosos en sus instalaciones.

El primer punto dispuesto en el protocolo es que la empresa informe a través del Sistema 911 sobre la detección de un caso sospechoso. También dar al trabajador permiso por 5 días, o el tiempo que establezca la cartera sanitaria para los efectos de realizarse los análisis correspondientes.

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De ser positivo el diagnóstico, el empleado debe notificar a la patronal por algún medio digital, nunca personalmente.

De tener un caso que dio positivo al coronavirus “el empleador deberá cerciorarse de que no existan otros trabajadores, con los que hubiese tenido contacto el personal afectado, que puedan padecer los mismos síntomas, a fin de tomar las medidas preventivas”, indicaron.

El protocolo dispone además que todos los casos confirmados sean notificados al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y gestionar los subsidios por reposo ante el Instituto de Previsión Social, u otro ente de Seguridad Social al que aporte en forma digital, evitando la gestión personal.

Si el empleado no cuenta con cobertura del seguro social, la empresa deberá correr con los gastos médicos que incurra. Además, durante el reposo por enfermedad, no se podrá despedir al trabajador. En caso de darse el despido injustificado, el empleador deberá abonar las indemnizaciones pertinentes.

El ministerio advierte que el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el protocolo son pasibles de sanciones que van de 10 a 30 jornales mínimos.

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