Ejecutivo promulgó la nueva ley de adopciones

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó la ley que simplifica trámites para las adopciones en nuestro país. Antes se esperaba hasta siete años, lo que ahora se reduce a ocho meses. El Congreso Nacional la había aprobado el 17 de diciembre del año pasado.

Ley de adopciones: Senado disminuye plazos
Ley de adopciones: Senado disminuye plazos

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El Poder Ejecutivo promulgó este martes la ley 6486, “De promoción y protección del derecho del niño, niña y adolescentes a vivir en familia, que regula las medidas de cuidados alternativos y la adopción”, según se informó desde la Presidencia de la República.

El proyecto de ley fue aprobado con modificaciones por la Cámara de Senadores el 5 de noviembre de 2019, quedando sancionado sin cambios por Diputados el 17 de diciembre de 2019.

El tiempo de tardanza de los procesos de adopción se reduce notoriamente con esta nueva ley en comparación con el promedio de siete años que transcurre en la actualidad para que un niño sea adoptado. A partir de ahora, los procesos de adopción se establecen en ocho meses para los familiares cercanos y 11 meses y medio para aquellos que no lo son.

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De esta manera, la nueva legislación consiste básicamente en acortar los plazos para las adopciones y modifica en gran medida la actual ley sobre el tema. El documento establece una protección especial a las familias y simplifica los trámites.

La normativa, de 124 artículos, reemplaza a la ley de adopciones y modifica también varios artículos de la Ley 1680/2001 Código de la Niñez y la Adolescencia.

El primer capítulo está dedicado en particular a las políticas de apoyo a las familias de origen, fortaleciendo en entorno familiar ante el riesgo de separación. Se establecen lineamientos para el Ministerio de la Niñez con políticas y programas, actualmente inexistentes, para prevenir la separación de los niños de su familia.

Requisitos se mantienen

Con respecto a los requisitos, estos se mantendrán iguales a los de la actual ley de adopción: un mínimo de 25 años y un máximo de 60 años de diferencia con el adoptado. En el caso de las parejas, se tiene en cuenta la persona de menor edad. Además, se debe constatar la idoneidad y solvencia de los solicitantes.

Así también, con este proyecto se disminuyeron los plazos para localización de las familias de origen de los niños que estén en condiciones de adopción, así como los plazos judiciales para que los tiempos de cuidado alternativo duren lo menos posible. También se da la posibilidad a las familias acogedoras a adoptar.

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