Cargando...
En comunicación con ABC Cardinal, la abogada Sara Parquet insistió en que la aclaratoria de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), encabezada por el ministro Manuel Ramírez Candia, se entiende como una orden para la reposición de Bonifacio Ríos Ávalos en la máxima instancia judicial.
Dijo que en los argumentos que expone Ramírez Candia en el fallo se entiende que está vigente la acción de inconstitucionalidad resuelta en 2009 a la que Ríos Ávalos recurrió en diciembre de 2003 contra su destitución vía juicio político. Sin embargo, en la parte resolutiva de la sentencia solo aparece la aclaración sobre las costas.
Escuchar entrevista:
Ayer se instaló una polémica porque llegó al Congreso una notificación sobre la reposición ordenada en 2009. El hecho casi provocó una crisis política y Ramírez Candia explicó que el exministro Bonifacio Ríos Ávalos no volverá a la Corte, ya que lo que resolvieron solo fue quién iba a pagar las costas de la acción de inconstitucionalidad que tramitó el exministro.
Leer más: Reposición de Bonifacio enfrenta de nuevo a la Corte con Congreso
“No hemos resuelto nada sobre la reposición del doctor Bonifacio Ríos. No se ordenó nada de eso ni hemos analizado ninguna resolución del 2009. Lo que hicimos fue tratar el pedido de costas. El 4 de enero, el doctor Ríos pidió que se haga una aclaratoria con respecto a las costas de 2009. Tras varias diligencias e inhibiciones, impusimos las costas en el orden causado. Cada uno debe pagar los gastos que corresponden. Solo se tenía que notificar eso a las partes”, dijo el ministro Ramírez Candia.
Si bien Ríos Ávalos consiguió que la Sala Constitucional resuelva reponerlo en el cargo, en enero de 2010 el pleno de la Corte declaró inaplicable el fallo a través de una resolución administrativa. Al respecto, Sara Parquet sostuvo que una resolución administrativa no puede anular la sentencia judicial y recalcó que sigue vigente.