El Churero dice que difundió un video de estudiantes bailando reguetón, no pornografía infantil

Fredy “El Churero” Vera, condenado por pornografía relativa a adolescentes, contactó con ABC Color para contar su verdad. Dijo que compartió en redes sociales un video de estudiantes bailando y “perreando” y que las imágenes no muestran actos sexuales o genitales, sino movimientos y frotaciones sensuales al ritmo del reguetón. Reconoció que no tomó la precaución de cubrir el rostro de una adolescente y la expuso. La Fiscalía sostiene que se encuadra el tipo penal porque los jóvenes “simulaban tener sexo”.

Fredy Vera, alias "Churero".
Fredy Vera Estigarribia, alias "El Churero".

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Fredy Armando Vera Estigarribia (39), conocido mediáticamente como “El Churero”, reconoció que incurrió en el delito de pornografía relativa a niños y adolescentes por difundir un video que muestra a alumnos de un colegio, de entre 16 y 17 años, bailando con movimientos eróticos. De esta forma obtuvo como salida procesal un juicio abreviado.

El material, publicado también en varios medios televisivos y digitales, mostraba como la joven, sentada sobre un compañero también sentado, movía las nalgas sobre la falda de su compañero al ritmo de un tema de reguetón. Los demás estudiantes de la clase aplaudían y grababan con sus teléfonos celulares. Ocurrió en agosto del año pasado.

La fiscal Claudia Morys comentó a ABC Color que consideran que en el baile los dos menores de edad estaban simulando actos sexuales. Por eso el Ministerio Publico entiende que el video se encuadra en pornografía relativa a adolescentes, independientemente de si se muestre o no el rostro de la protagonista principal.

Pero Fredy Vera dijo que, a diferencia de los medios de comunicación que también difundieron las imágenes, él cometió el error de compartir el video en sus redes sociales sin desenfocar o tapar el rostro de la adolescente, que en un momento se ve frente a la cámara del teléfono. El delito, establecido en el Art. 140, considera pornografía ilegal los materiales audiovisuales que representen actos sexuales en donde participan menores de 18 años o en donde se exhiban sus partes genitales.

Igualmente, Vera Estigarribia considera que la Fiscalía abrió el expediente de oficio y lo imputó por no tapar el rostro, ya que no fueron procesados los responsables de los medios que también difundieron el material.

Tiempo después, la fiscal Morys solicitó la suspensión condicional del procedimiento como una salida procesal para archivar la causa. Pero la jueza penal de garantías que entendía el caso, Ana Esquivel, dio trámite de oposición debido a que El Churero ya tenía una suspensión -por el caso de la tentativa de extorsión que denunció el periodista deportivo Bruno Pont- y argumentó que no podía ser beneficiado dos veces con la misma salida al mismo tiempo.

El expediente fue a la Fiscalía Adjunta, donde se resolvió acusar a El Churero. Para evitar un juicio oral y público, Fredy Vera reconoció que cometió el delito y fue beneficiado con un juicio abreviado, que implica una pena baja y generalmente excarcelaria. Tal como lo solicitó la fiscalía, el juez penal de garantías Joel Melgarejo le impuso una condena de un año y medio más una donación de G. 300.000 mensuales por el tiempo que dure la sentencia.

Fredy Vera indicó que si bien reconoció un error (no tapar el rostro de la adolescente), no está vinculado con la producción o difusión de pornografía infantil, como lo están relacionando tras darse a conocer la sentencia, según contó.

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