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Con la equiparación del salario mínimo de las empleadas domésticas y la promulgación de Ley de Empleo Parcial se espera que haya una migración en el régimen de contrato de las trabajadoras del hogar.
Los empleadores que pagaban el 60% del salario mínimo a una empleada doméstica están obligados por la nueva ley a empezar a abonar el salario mínimo (G. 2.192.839). Sin embargo, la Ley de Empleo Parcial ofrece una salida, que es reducir las horas de trabajo y mantener el mismo monto del 60%. Por ejemplo, se puede seguir abonando G. 1.315.000 y bajar las 48 horas a 29 horas semanales.
En una entrevista concedida a ABC Cardinal, Mónica Recalde contó que desde ahora ya se puede hacer el cambio del régimen general doméstico a régimen general doméstico parcial y que se debe comunicar al Instituto de Previsión Social (IPS) la migración. Aunque aclaró que las inscripciones en la Previsional se podrán hacer recién desde la primera semana de agosto.
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El aporte obrero-patronal a IPS se seguirá cotizando proporcionalmente al salario del trabajador, ya sea el mínimo o lo que corresponda según el tiempo parcial acordado, indicó.
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La Ley de Empleo Parcial establece una modalidad en la que se acuerda entre 16 y 32 horas semanales y el salario se calcula en forma proporcional a las 48 horas semanales del salario mínimo.
Por ejemplo, si se acuerda el mínimo, las 16 horas, el salario sería de G. 730.947 y el aporte obrero G. 65.785 y el aporte patronal G. 116.950. En tanto que si se estipula el máximo, 32 horas semanales, el sueldo sería de G. 1.461.893, con un aporte obrero de G. 131.570 y uno patronal de G. 233.900.