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Rolón Fernández fue acusado por la Fiscalía General por supuesto mal desempeño de funciones porque el camarista declaró -presuntamente de forma irregular- la absolución de los 11 condenados en el caso conocido como “Masacre de Curuguaty”, dejando la causa impune.
Alcaraz argumenta en su escrito de recusación contra el ministro de Corte Ramírez Candia que ya emitió opinión sobre el caso Curuguaty al votar recientemente por la no confirmación del fiscal Jalil Rachid, quien tuvo a su cargo el caso caratulado “Ministerio Público c/ Felipe Balmori y otros s/ hechos punibles de homicidio doloso en grado de tentativa, lesión grave, asociación criminal, coacción grave e invasión de inmueble ajeno”. Es decir, el ministro Ramírez Candia ya tiene una opinión negativa formada contra el agente fiscal, al disentir con la labor que le cupo a Rachid, indican.
“Este es el motivo por el cual (Ramírez Candia) incurre en la causal 10 del artículo 50 del Código Procesal Penal, que amerita su recusación, pues claramente emitió una opinión sobre el caso que debe juzgar como integrante del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”, refiere el escrito.
Agrega: “Y, al emitir una opinión sobre el caso del que derivara la acusación del camarista Emiliano Rolón Fernández por mal desempeño de sus funciones, resulta que se encuentra afectada su imparcialidad, causal prevista en el numeral 13) del Código Procesal Penal”.
Sobre el ministro Martínez Simón la recusación también es en los mismos términos que argumentó sobre Ramírez Candia.
El tratamiento de la sentencia que recaerá para el camarista Rolón Fernández se hará el próximo 9 de julio, según dispuso el JEM en una sesión anterior.