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Pasear a tu perro en el asiento del conductor o del acompañante podría costarte diez jornales mínimos de multa, según la Patrulla Caminera. De acuerdo a Patricia Ferreira, RR.PP de la Patrulla Caminera, la Ley Nacional de Tránsito dice taxativamente que “los automotores serán conducidos con ambas manos sobre el volante de dirección, excepto cuando sea necesario accionar otros comandos”, como el cambio, por ejemplo.
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La normativa agrega que “el conductor no debe llevar a su izquierda o entre sus brazos a ninguna persona, bulto o animal, ni permitirá que otro tome el control de la dirección”.
Contravenir esta regla, dice Patricia Ferreira puede costarle al conductor (o conductora) una multa de G. 1.076.270.
La RR.PP. de la Caminera agrega que “lo recomendable sería que si el conductor va a ir solo, colocar al animal en una jaula o sujetarlo al vehículo con algún arnés diseñado para el efecto”.
“Ya que sabemos que los perros se inquietan a veces; lo que se tiene que evitar es que el conductor se distraiga durante la conducción”, enfatizó.