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Cada municipio debería contar con unidades que se encargue de atender casos de animales abandonados, tenencia de animales silvestres, súper población de perros y gatos callejeros, donde la ciudadanía pueda acudir para solicitar ayuda.
En el caso de Asunción, la Municipalidad cuenta con la Unidad de Zoonosis que está a cargo de Juan Cabral, quien explica que los contribuyentes capitalinos pueden acudir a través de sus comisiones vecinales, cooperativas o clubes barriales para solicitar castración de gatos callejeros, ya que es la única manera de parar con la reproducción masiva.
Los gatos que no socializan, se esconden, son difíciles a atrapar para que sean castrados, sin embargo, esta Unidad cuenta con jaulas trampas que son colocadas en las zonas donde se encuentran los felinos, luego se los castra y finalmente son devueltos a su hábitat.
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Los lugares preferidos de estos animales son los cementerios y casas abandonadas, ya que las personas acostumbran a dejarles comida, por lo que ellos adoptan ese lugar como hogar, porque allí encuentran comida.
Sin embargo, pueden convertirse en “una plaga” cuando se reproducen en exceso, alteran el estado de ánimo de las personas, así como también, alternan el ecosistema " y el único método de reducir la natalidad es la castración” enfatiza Cabral.
Agrega además que se encuentran realizando trabajos de castración, sin ningún costo, en los 68 barrios de Asunción, especialmente en zonas de cementerios y casas o terrenos abandonados.
La Unidad de Zoonosis depende de la oficina de Defensa al consumidor de la comuna capitalina, por lo que los ciudadanos asuncenos pueden recurrir hasta la sede municipal para solicitar intervención o ayuda en caso de exceso de natalidad de gatos en los barrios.
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Eliminar gatos u otros animales está penado por ley
Cuando el exceso de natalidad de gatos o perros se hace presente en los barrios, algunos optan por eliminar definitivamente a los animales, utilizando venenos y hasta rifles de aire comprimido, entre otros.
Sin embargo, esta práctica está penada por ley con multa y hasta privación de libertad.
La ley 4840 de Protección y bien estar animal, en su capítulo VIII donde se refiere a infracciones y sanciones, más específicamente en su artículo 32 inciso J indica: “Los actos de crueldad de los que resulte la muerte de un animal”, son calificados como infracciones muy graves.