Según el dictamen que ha circulado este jueves entre los Estados miembros, el grupo especial rechazó el principal argumento de Panamá de que las medidas restrictivas en cuestión eran provisionales por la supuesta "insuficiencia de pruebas científicas" aportadas por Costa Rica en el caso de fresas, piñas, bananas y plátanos.
Sobre las medidas que afectan la importación de productos lácteos y cárnicos, el grupo de la OMC -que actúa en el marco del sistema de resolución de diferencias de esta organización- constató que las medidas no cumplen con las disposiciones del Acuerdo (internacional) sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.
Panamá dijo que la prohibición de importar esos productos de 16 establecimiento costarricenses se debía a que estos no habían renovado sus autorizaciones sanitarias.
El proceso para la resolución de esta controversia comercial se inició a principios de 2021 mediante la solicitud de celebración de consultas bilaterales, que dan paso a un panel de tipo arbitral si no se consigue un arreglo amistoso.
Ahora el informe del grupo de la OMC deberá adoptarse formalmente entre 20 y 60 días a partir de hoy.
En el caso de que la parte que se considera perdedora decida apelar, el caso quedará pendiente de resolución definitiva en la OMC ya que su Órgano de Apelación no se encuentra operativo debido al bloque que Estados Unidos ejerce desde 2019 para la designación de sus nuevos miembros.