Tras la histórica sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador que legalizó la muerte digna a petición de Paola Roldán, el Ministerio de Salud Pública ecuatoriano emitió este viernes el reglamento para el procedimiento de aplicación de la eutanasia.
El reglamento, publicado en el Registro Oficial (diario oficial), debía salir dentro de los 60 días posteriores a la notificación de la sentencia de la Corte Constitucional, que fue emitida el pasado 7 de febrero.
El máximo tribunal de garantías de Ecuador también dio un plazo de seis meses a la Defensoría del Pueblo para presentar un proyecto de ley que regule la eutanasia, mientras que la Asamblea Nacional (Parlamento) tendrá desde entonces un año para debatirlo y aprobarlo.
El documento del Ministerio de Salud establece los requisitos para acceder a la eutanasia, reservada desde la misma sentencia de la Corte para personas que sufran una enfermedad grave e incurable o una lesión corporal irreversible que cause constante sufrimiento y dolor al paciente.
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Asimismo, contempla la objeción de conciencia y la posibilidad de conflictos de intereses para el procedimiento de aplicación de la eutanasia, que deberá contar siempre con un médico y una enfermera presentes.
El paciente podrá revocar su consentimiento a someterse al procedimiento eutanásico de forma verbal en cualquier momento hasta antes del inicio del mismo procedimiento.
También sostiene que los fármacos utilizados deben garantizar que el procedimiento sea corto y sencillo, con una administración simple y letal con base en protocolos internacionales vigentes establecidos para el efecto.
La muerte como consecuencia de la aplicación de la eutanasia tendrá la consideración de muerte natural.
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El caso de Paola Roldán
La legalización de la eutanasia en Ecuador se dio gracias a Paola Roldán, una mujer de 42 años afectada por la esclerosis lateral amiotrófica (ELA) que dio el paso de encabezar en el país esta iniciativa a través de una demanda a la Corte Constitucional.
Roldán falleció el 11 de marzo en su domicilio de Quito, sin lograr ver implementada la legislación que regula el procedimiento de la eutanasia en Ecuador.
Con el 95 % de discapacidad debido a la ELA que le diagnosticaron hace tres años, Paola Roldán solo podía mover los músculos de la cara, sin mayor movilidad en el resto del cuerpo.