El Juez Penal Municipal 74 con funciones de control de garantías acogió las peticiones de la defensa y dispuso que la medida de aseguramiento solicitada por la Fiscalía en el caso de Nicolás Petro no es necesaria.
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“Se accede a la medida de aseguramiento pero no privativa de la libertad”, dijo el juez, quien sin embargo dispuso que la pareja no podrá salir del país ni tampoco “del ámbito donde se produjo su captura, la ciudad de Barranquilla”.