Informe de la ONU muestra inquietud por nuevas regulaciones de internet en Cuba

Decretos de ley aprobados en abril y agosto por la dictadura comunista de Cuba para regular las telecomunicaciones, que entre otras cosas establecen varios delitos de ciberseguridad, “podrían socavar las libertades de opinión y expresión, reunión pacífica y asociación”, alertaron tres relatores de Naciones Unidas.

Raúl Castro, dictador de Cuba.
Raúl Castro, dictador de Cuba.

En una reciente carta a las autoridades cubanas, los relatores para la libertad de expresión (Irene Khan), de reunión (Clement Nyaletsossi) y defensores de los derechos humanos (Mary Lawlor) analizaron el decreto 35, aprobado en abril, así como el 42 y la Resolución 105/2021, publicados en agosto.

En este sentido, los expertos alertan que estas nuevas normativas facultan a las fuerzas armadas cubanas a implementar "medidas especiales" sobre las telecomunicaciones, sin definir de forma precisa cuáles serían ni requerir la autorización de un juez.

"Toda restricción de derechos debe estar prevista en la ley, perseguir un objetivo legítimo y cumplir los requisitos de necesidad y proporcionalidad", señalaron los tres relatores, quienes advirtieron que de lo contrario expresiones legítimas podrían ser retiradas por motivos políticos y otros injustificados.

Añaden que las disposiciones que facultan a operadores de servicios a suspender los servicios de telecomunicaciones están vagamente formuladas al permitir esta posibilidad cuando "la información sea falsa, ofensiva, lesiva a la dignidad humana" o a "la moralidad pública y el respeto al orden público".

"Los Estados no deberían suspender el acceso a internet como medio para combatir la desinformación", afirmaron los expertos, quienes recordaron que normativas con contenidos demasiado vagos al respecto pueden limitar los derechos de periodistas, opositores políticos y defensores de los derechos humanos.

A la luz de éstas y otras preocupaciones, los relatores piden al Gobierno cubano que modifique esas disposiciones “con el fin de definir de forma estricta y limitada los contenidos que pueden ser restringidos, en consonancia con el derecho internacional”.

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