El proyecto fue presentado por la congresista Gladys Echaíz, presidenta de la Comisión de Justicia, y recibió 70 votos a favor, 32 en contra y 14 abstenciones del pleno del Legislativo.
La decisión fue exonerada luego de la segunda votación que ordena la ley, con 81 votos a favor, 37 en contra y 1 abstención.
La norma modifica la Ley General de Salud para establecer que un fiscal puede disponer, "en decisión motivada e inimpugnable", la cremación de los restos de los sentenciados cabecillas o miembros de la cúpula terrorista que fallezcan en prisión.
Agrega que la autoridad sanitaria debe ejecutar esta medida, en coordinación con los Ministerios de Justicia y del Interior, en un plazo máximo de 24 horas y que la cremación se realizará después de la necropsia de ley y en presencia de la Fiscalía.
La intención inicial del proyecto es permitir que la medida se aplique a los restos de Guzmán, aunque varios legisladores advirtieron durante el debate que esto no será posible porque las leyes no tienen carácter retroactivo en Perú.
Los promotores de la ley aseguraron, sin embargo, que sí se podrá aplicar al cabecilla de Sendero Luminoso porque su cuerpo aún permanece en la morgue del Callao.
Posteriormente, el ministro del Interior, Juan Carrasco, afirmó que no se permitirá que los restos de terroristas sean utilizados ser "ensalzados" y aseguró que el Ejecutivo está "en la misma línea" de la ley que plantea incinerar sus cadáveres.
"Ahora nos queda actuar y decidir de una vez que la norma sea publicada en su momento en el diario oficial El Peruano. Definitivamente no vamos a permitir que los restos de terroristas sean usados para ser ensalzados posteriormente, estoy seguro que el presidente (Pedro Castillo) tomará la mejor decisión para el país", declaró en la emisora RPP.
Tras la muerte de Guzmán, a los 86 años, las autoridades peruanas buscan determinar una figura legal sobre el destino de sus restos, mientras el Ejecutivo y el Congreso insisten en la necesidad de evitar una tumba que incite a homenajes de sus seguidores.
La legislación vigente establece que los cadáveres deben ser entregados a sus familiares directos, siempre y cuando no haya una investigación en curso, pero no existe un marco jurídico específico sobre situaciones especiales como la que se presentó con el cabecilla de Sendero.
Precisamente, un fiscal rechazó este miércoles entregar el cadáver de Guzmán a su esposa, Elena Iparraguirre, quien es considerada la "numero dos" de Sendero Luminoso y también cumple cadena perpetua, tras ponderar "el orden público e interés social".
El pasado domingo, un juzgado del Callao también declaró infundada una demanda de "habeas corpus" presentada por Iparraguirre para que se le entregue el cadáver de su esposo.
De esa manera, los restos del cabecilla subversivo se mantienen bajo custodia del Ministerio Público en la morgue del Callao, mientras termina la investigación formal de su fallecimiento y se decide el destino final de sus restos.
Abimael Guzmán fue el fundador y máximo líder del grupo terrorista Sendero Luminoso, considerado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) como el principal responsable de las casi 70.000 víctimas que dejó el conflicto armado interno que afrontó Perú entre 1980 y 2000.