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Una verdadera conmoción causó la muerte de un joven comerciante de Ciudad del Este, ayer último, en poder de dos asaltantes. La víctima fatal Ever Antonio Castellani Aquino (41), sufrió un balazo en el pecho, en su propia casa. Este robo fatal se suma a ola de asaltos que se viene dando en el Este del país.
Los presuntos ladrones, quienes e hicieron pasar por clientes fueron detenidos tras una persecución y resultaron ser reincidentes, pues ya habían sido condenados por robo pero estaban en libertad gracias a resoluciones judiciales.
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Hernán Ariel Leguizamón Roa había sido condenado a 10 años de prisión, por robo agravado ocurrido el 24 de marzo de 2017, a las 20:45, en el interior de una despensa ubicada en el kilómetro 7 Monday, barrio Santa Clara de Presidente Franco.
En ese entonces Leguizamón Roa con arma en mano encañonó al dueño del negocio, y le intimó a que entregara todos los objetos de valor que tenía, caso contrario amenazó con atentar contra su vida. Mientras que su cómplice había baleado a la víctima.
La condena de 10 años de cárcel fue dictada el 2 de mayo del 2019. Sin embargo, el 29 de diciembre del 2023, el juez de ejecución Aldo Moreira le otorgó libertad condicional. La fiscal de la causa, Denice Duarte se opuso y apeló la resolución judicial. Intentamos escuchar la versión del magistrado pero le mismo no contestó las llamadas.
Resolución sin fundamentos y sin cumplir requisitos
La Cámara de Apelaciones integrada por los magistrados Miryan Meza de López, Efrén Giménez Vázquez y Lilian Lorena Benítez Vallejos recién hoy resolvió al respecto, revocando la libertad condicional de Leguizamón Roa.
En su apelación, la fiscal Duarte advirtió que la resolución ni siquiera tenía una fundamentación. “Se limita a expresar su decisión en tan solo líneas que semejan formularios. No explica los motivos que llevaron al decisión, ni siquiera ha evacuado las cuestiones que se le ha hecho notar en un dictamen presentado. Abiertamente ha hecho caso omiso al Ministerio Público”, expresa.
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También había referido que el Código de Ejecución Penal establece que los condenados a penas privativas de libertad superiores a tres (03) años, deberán transitar “obligatoriamente por cada uno de los períodos de la pena y en este caso, el condenado no ha dado cumplimiento previo”, añade.
Otro beneficiado
En cuanto a Adrián Ramón Cabral Candia (26) había sido condenado a 6 años y seis meses de pena privativa de libertad, también por robo agravado, tras un juicio oral del 27 de mayo del 2019. El ilícito había ocurrido en el barrio 23 de octubre, el 29 de abril de 2017, a las 20: 00.
El mismo también fue beneficiado con libertad condicional dictada por el juez Troadio Galeano, en 2022. En ese entonces la fiscal Emilce Ovelar no se opuso y la resolución que benefició al procesado quedó firme. Tanto como el juez como la fiscal están jubilados en la actualidad y en el juzgado en cuestión debe asumir una nueva juez que recae en Denice Duarte, quien ya adelantó que solicitará la revocación de la medida.