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En la reunión entre diputados y los representantes de Binacional, estos últimos presentaron una serie de argumentos que invisibilizan jurídica y económicamente la aplicación del proyecto de ley compensación. La normativa mediante la cual se reconoce como compensación histórica, beneficios laborales a los extrabajadores de empresas contratistas y subcontratistas de obras de la usina de Itaipu, margen derecha, ya fue aprobada por la Cámara de Senadores.
Durante el encuentro, el director general paraguayo, Manuel María Cáceres, y el director jurídico, Juan Rafael Caballero, se pusieron a disposición de los legisladores para proveer más datos teniendo en cuenta que el proyecto todavía no fue remitido por la Cámara Alta y no tuvo entrada en Diputados.
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Con esta primera visita se inicia una serie de reuniones a las que tienen previstas asistir los directores de la binacional, para dar a conocer la postura de la Entidad a las diferentes comisiones y bancadas que conforman la Cámara Baja.
Los directores fueron recibidos por los miembros de la Comisión presidida por Jorge Ávalos Mariño, además de Celeste Amarilla, Sebastián Villarejo y de manera virtual, Jorge Brítez, Walter Harms, Juan Ramón Ayala Acevedo, Juan Silvino Acosta y Kattya González.
Pagos en Brasil
Los exponentes de la Itaipú ratificaron que el pago efectuado en el lado brasileño fue a empleados directamente contratados por la Entidad, en concepto de adicional de peligrosidad por riesgo eléctrico, y no a los extrabajadores de empresas contratistas y subcontratistas.
Este pago fue realizado luego de haberse dictado una sentencia judicial en un juicio iniciado en tiempo oportuno por los sindicados SINEFI y SENGE de la margen izquierda, antes de que la acción prescriba.
Asimismo, explicaron que una erogación eventual de US$ 940 millones, para cumplir con los exobreros, generaría un desequilibrio financiero significativo, pudiendo obligar a suspender transferencias al Estado paraguayo, además de las inversiones sociales a favor de la educación, la salud e infraestructura que lleva adelante Itaipú.
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Los directores insistieron en que esta propuesta legislativa pone en riesgo la seguridad jurídica en el Paraguay. “Itaipú sostuvo una vez más que esta obligación que se le pretende imponer es jurídica y económicamente inviable, y que no es la Entidad la que debe responder por dicha pretensión, ya que todos los reclamos están definitivamente prescriptos”, expresa el informe oficial sobre la reunión.
Responsabilidad solidaria
Con relación a la responsabilidad solidaria establecida en un protocolo binacional respecto a las empresas contratistas y subcontratistas sobre eventuales reclamos de sus trabajadores, afirman que está sin efecto. Esto mediante la ley 1.869 del 14 de marzo de 2002, que aprobó las Notas Reversales N° 6 y 7, de septiembre de 2000, por lo que todo reclamo actual se encuentra definitivamente prescripto.
“Además, el Poder Judicial del Paraguay ya se expidió al respecto y rechazó las prescriptas demandas judiciales planteadas por exobreros de empresas contratistas y subcontratistas contra Itaipú en sendas sentencias judiciales, que a la fecha de hoy tienen la autoridad de cosa juzgada, añade el informe.
Los legisladores explicaron que oportunamente van a solicitar un parecer por escrito del proyecto a ser analizado. Asimismo, recordaron que, en su momento, ya había sido tratado un proyecto similar en otro periodo legislativo, pero que no prosperó.