Absuelven a productor de aceite de cannabis enjuiciado por tercera vez

El productor de aceite de cannabis Édgar Martínez Sacoman fue absuelto de culpa y pena en el tercer juicio oral y público que afrontó. La diligencia se desarrolló en el Poder Judicial de Ciudad del Este y concluyó este viernes con el fallo citado.

El juicio oral y público concluyó esta mañana en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
El juicio oral y público concluyó esta mañana en el Poder Judicial de Ciudad del Este.abc color

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Tras varias jornadas de audiencia, el juicio concluyó con la absolución dictada por parte de los jueces Serafín González, Fabio Aguilar y Vitalia Duarte, quienes confirmaron el Tribunal de Sentencia. El juez Serafín González, en su carácter de presidente del tribunal, explicó que la decisión fue unánime y que tuvieron en cuenta tanto las pruebas documentales como testificales.

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Durante los alegatos finales, el fiscal Elvio Aguilera pidió que se le aplique una condena a Martínez Sacoman y argumentó que el mismo no tenía ninguna autorización ni justificación para estar en posesión de la sustancia. En cuanto a los años de reclusión, solicitó que sea el tiempo que el procesado ya estuvo privado de su libertad, es decir, cinco años con 9 meses y 20 días. El tiempo corresponde a su reclusión en el penal, que fue de un año y medio, y el arresto domiciliario, que suman cuatro años y cuatro meses.

Por su parte, la defensa técnica de Martínez Sacoman, ejercida por el abogado Guillermo Ferreiro, pidió la absolución de la sentencia y alegó que el hecho cometido por su cliente no está penado por la ley penal. Afirmó que sólo incurrió en una falta administrativa al no contar con la autorización para el procesamiento de la droga.

Tras escuchar los alegatos finales, el tribunal deliberó durante una hora aproximadamente. El juez González rememoró las declaraciones de los testigos y enumeró todas pruebas admitidas durante el juicio para explicar que concluyeron en la inocencia de Martínez Sacoman.

El magistrado detalló que si bien se ha demostrado que la sustancias prohibidas halladas en la vivienda del procesado eran marihuana y derivados de la misma, éstas estaba destinada para uso medicinal. “Era un laboratorio destinado para la producción artesanal de aceite de cannabis. Conforme a las reglas de lógica y las máximas de las experiencias se puede afirmar efectivamente con los hallazgos de sustancias estupefacientes y demás elementos logísticos, que no eran para realizar ningún tipo de tráfico ilegal o comercialización, ya que no se encontraron elementos que así lo determinen”, afirmó.

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Igualmente señaló que los documentos de ciudadanos extranjeros y moldes para elaboración de supuesta cocaína no reúnen los requisitos necesarios para demostrar que el lugar era utilizado para el procesamiento y tráfico ilegal de estupefacientes.

“El hoy juzgado se habría dedicado a elaborar artesanalmente y distribuir a varias personas el extracto o aceite de cannabis a varias personas que padecían enfermedades afligientes sin costo alguno y esta conducta fue desarrollada con fines totalmente humanitario”, añadió.

Sobre la posesión sin autorización sustancias estupefacientes, drogas peligrosas o producto que lo contengan, el juez explicó que que el bien jurídico protegido en la norma, la salud de la persona y que al acusado no tuvo una conducta que causara daños.

“Para este tribunal quedó probado la tenencia de sustancia prohibidas por la ley, pero también quedó probado que dichas sustancias eran para fines terapéuticos y humanitarios. Dichos productos no pueden ser considerados estupefacientes o drogas peligrosas en los términos, teniendo en cuenta que el estado en que se hallaban y los fines del mismo no eran aptos para su consumo recreativo”, añadió el magistrado durante su explicación.

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Finalmente, el tribunal concluyó que Martínez Sacoman fue favorecido por las sucesivas normas que permiten el estudio y uso medicinal de la marihuana en el país, por lo que no consideran delito su conducta.

“La prohibición de la retroactividad de la Ley en el tiempo salvo que ello sea más favorable al encausado o condenado, situación que lleva a este Tribunal a entender que la conducta del hoy Juzgado no es típica. Por ende, ya no es necesario abordar los demás elementos de la teoría del delito y por los mismo dispone la absolución de culpa y pena de Edgar Martínez Sacoman con los efectos legales correspondientes”, finalizó.

Costas

El abogado de Martínez Sacoman solicitó que los gastos del juicio sean impuestos al Estado paraguayo pero el Tribunal de Sentencia determinó que no se reúnen las condiciones por lo que dispuso que las costas sean en el orden causado, es decir a cargo de cada parte.

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Martínez Sacoman había sido detenido 7 de julio de 2016 por tenencia de resina de cannabis y unos 100 gramos de cannabis en proceso de extracción, sumergidos en agua y congelados. El mismo ya había sido condenado a 2 años y medio de cárcel el 27 diciembre del 2017, en una primera sentencia. El fallo fue anulado y en octubre del 2019 fue nuevamente enjuiciado y condenado a cinco años de pena privativa de libertad.

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