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El órgano juzgador que dictó el fallo estuvo integrado por la magistrada Vitalia Duarte (presidenta), Fabio Aguilar y Serafín González. En tanto que la acusación fue sostenida por el agente fiscal Miguel Ángel Alvarenga.
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Los antecedentes del caso refieren que el asalto ocurrió el 16 de febrero de 2018, en una vivienda ubicada en la calle La Victoria del distrito de Juan E. O’Leary (Alto Paraná), a unos 16 kilómetros de la Ruta PY02. Resultaron víctimas Juan Bautista González Brizuela y su padre Justiniano González.
En aquel entonces, Paniagua Mereles y otros cómplices llegaron al lugar en un automóvil Toyota Caldina, de color negro, sin chapa, portaban armas de fuego y utilizaban uniformes con la inscripción del Departamento contra Delitos Económicos de la Policía Nacional. Inicialmente, preguntaron por el paradero de una persona y acto seguido encañonaron a los ocupantes de la casa para robarles la suma de 1.300.000 guaraníes en efectivo, un rifle calibre 22mm, cuatro teléfonos celulares y otros objetos de valor.
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A continuación, los criminales escaparon del lugar en el vehículo en cuestión, pero por el camino fueron interceptados por efectivos policiales, hubo una persecución, hasta que el conductor del auto Caldina perdió la dirección y chocó contra unos troncos. Allí, se produjo una balacera, Paniagua Mereles sufrió una herida de bala en el muslo izquierdo y fue aprehendido, mientras los demás lograron escapar a pie.
Julio César Paniagua, tras su aprehensión, presentó un documento a nombre de Ramón Duarte, pero posteriormente se comprobó su verdadera identidad.