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El artículo N° 190 del Código Electoral establece que para los comicios internos la propaganda proselitista no podrá exceder de 60 días, contados retroactivamente desde dos días antes del día “D”. Es decir, el plazo habilitado es entre 19 de abril y el 17 de junio.
Sin embargo, los precandidatos de diferentes sectores políticos instalaron sus carteles proselitistas en los lugares públicos y algunos puntos de la ciudad se encuentran con polución visual a raíz de las gigantografías como en la rotonda del Área 1. La misma escena se repite en Hernandarias, Minga Guazú, Presidente Franco y en otros distritos de Alto Paraná.
La transgresión de la norma electoral se repite en la zona en cada período de comicios, ante la nula acción del Ministerio Público.
Debido a la desidia estatal, en 2015 jóvenes conformaron una organización denominada “Limpiemos CDE” y salieron a las calles a retirar la propaganda electoral extemporánea. La iniciativa se había replicado en varios municipios del país.
El docente universitario Rubén Velázquez, especialista en derecho electoral, explicó que el Código Electoral solo establece prohibiciones de propaganda proselitista antes del plazo habilitado, pero no estipula sanciones para los candidatos infractores. “Solo existen sanciones para los medios de comunicación en caso que realicen publicación de propaganda fuera del plazo”, agregó. También se determinan penas de hasta seis meses de prisión y una multa de 100 jornales mínimos si la transgresión se produce una vez finalizado el plazo habilitado para la propaganda.
No obstante, la falta de sanción para los candidatos no impide la actuación del Ministerio Público. En comicios anteriores, los fiscales junto con funcionarios municipales habían retirado los carteles proselitistas en varios distritos.
Intentamos comunicarnos con la fiscala Torales, pero no atendió nuestras insistentes llamadas ni respondió nuestras consultas vía mensaje de texto.