Caso turistas: imputación por secuestro es correcta, sostiene jurista

CIUDAD DEL ESTE. La imputación de los policías, denunciados de raptar a una pareja de turistas, por el hecho punible es correcta, según el jurista Enrique Kronawetter.

Los cuatro efectivos policiales detenidos en Torín guardan reclusión en la Dirección de Policía de Alto Paraná.
Los cuatro efectivos policiales detenidos en Torín guardan reclusión en la Dirección de Policía de Alto Paraná.

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Tras la detención de los suboficiales Eladio Giménez, Gustavo Toledo, Osmar Paredes y Julio Díaz –sindicados como autores materiales del rapto de los brasileños Mateus Mangiocca (22) y Julia de Lima Venancio (21)– se abrió una discusión jurídica respecto a las figuras penal atribuibles a los agentes. Cohecho pasivo, privación de libertad, extorsión, entre otros, fueron las figuras barajadas en el caso.

Sin embargo, la fiscala Estela Mary Ramírez finalmente presentó imputación por los ilícitos de secuestro y asociación criminal.

“Nuestro código penal establece una sutil diferencia entre la extorsión y el secuestro. La extorsión es un hecho punible contra el patrimonio y no supone la privación efectiva, sino la amenaza de que la víctima realice alguna actividad que no lo haría en total goce de su libertad. Mientras que en el secuestro se produce la efectiva privación de libertad con miras a la obtención de un beneficio económico con el pago del rescate, independientemente de que esto se concrete”, explicó Kronawetter.

Este jueves el juez penal de Garantía Carlos Vera analizará la admisión o no de la imputación fiscal.

“Creo que la fiscala que intervino encuadró adecuadamente, conforme con los elementos que tiene, como secuestro. Yo no veo que suceda extorsión porque la extorsión tiene como cuestión central el delito contra el patrimonio. Acá se privó de libertad y a cambio de eso, la pareja se va a buscar sacar dinero del banco y la denuncia fue hecha por otras personas”, reforzó el especialista en Derecho.

Para el jurista el tiempo de la privación es irrelevante a la hora de encuadrar el secuestro. Los jóvenes brasileños estuvieron 20 horas en poder de los policías.

En otro momento, Kronawetter afirmó que en estos casos la Fiscalía debe intervenir de forma inmediata, independientemente si el agente es o no de una unidad especializada en Antisecuestro.

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“El problema es que estamos ante un hecho de flagrancia. Si vos a estar esperando la cuestión burocrática interna, se pierde tiempo para diligencias claves. Hay una resolución del Ministerio Público que establece que los agentes, al tomar conocimiento del hecho, tienen que intervenir porque es deber de la Fiscalía realizar las primeras investigaciones y tienen un plazo de hasta diez días para decidir si la carpeta se pasa o no a una unidad especializada. La actuación (de la fiscala Ramírez) está ajustada a derecho y a normativa interna del Ministerio Público”, recalcó el jurista.

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