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La mujer fue condenada por los ilícitos de abuso sexual, pornografía infantil y violación del deber del cuidado y deberá purgar la pena en la penitenciaría Juana María de Lara, de Ciudad del Este. Mientras que el hombre fue sentenciado por los hechos punibles de abuso sexual como autor y pornografía infantil en calidad de instigador.
Según la acusación de la fiscala Analía Rodríguez, en julio de 2017, la ahora condenaba había encerrado a su hija de seis años en una habitación con otro menor de edad para practicar actos sexuales. Mientras, la mujer filmaba la escena y posteriormente enviaba al otro sentenciado, que sería su pareja sentimental. En algunas ocasiones la madre también manoseaba a su hija.
Durante la investigación se encontraron cuatro grabaciones de pornografía infantil en el celular del ahora condenado y que sirvieron de evidencia para probar la acusación fiscal.
El caso salió al descubierto luego de que una allegada de la víctima descubriera el material audiovisual en el teléfono del hombre y envió al padre de la nena, quien a su vez presentó la denuncia.
El Tribunal de Sentencia, integrado por Serafín González, Flavia Recalde y Vitalia Duarte, de forma unánime, aplicó la pena de 22 años para la mujer y 15 años para el hombre. Ambas condenas condicen con el requerimiento de la fiscala Rodríguez en su alegato final.
La condena dictada es la máxima prevista para los ilícitos cometidos. Los jueces emplearon el criterio del concurso para aplicar la máxima pena.
A raíz de reiterados casos de abuso infantil, algunos sectores políticos proponen la modificación de la legislación penal para introducir la castración química para los pedófilos.
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