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El expediente del caso da cuenta de que Colmán fue detenido el 26 de mayo del 2002 y a pesar de estar procesado por un delito ordinario, quedó recluido en la prisión militar de Viñas Cué hasta fines de agosto del 2005.
Con la condena firme por un delito tan grave, en instancias castrenses se recomendó la baja deshonrosa, pero por razones desconocidas, sólo se dispuso el retiro absoluto el 5 de julio del 2005.
Con la versión de que su integridad física corría peligro en la Penitenciaria Nacional de Tacumbú por supuestas amenazas de familiares de la víctima, el entonces juez Carlos Escobar dispuso su traslado a la Agrupación Especializada, resolución rechazada por el titular de la dependencia policial, que argumentó hacinamiento.
Posteriormente, Colmán logró regresar a la cárcel militar el 17 de agosto del 2012, por disposición del entonces juez de ejecución de sentencia Víctor Medina, con el argumento de que deseaba retomar el estudio de Derecho.
La determinación del magistrado es contraria a la recomendación de la fiscala de ejecución de Sentencia Celia Beckelmann, quien se opuso a la pretensión de la defensa en atención a que Colmán está procesado por un crimen y a que la propia sentencia establece que el lugar de cumplimiento de la condena es la Penitenciaría Nacional.
Recién el 14 de setiembre del 2015 Colmán, la nueva jueza de ejecución de sentencia Yolanda Morel dispuso el traslado de Colmán a la Penitenciaría Industrial La Esperanza.
Para el efecto, la magistrada consideró una nota remitida el 27 de agosto del año pasado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia Militar, Gral. Brig. Pastor Agüero Alder, que solicita el traslado de Colmán a otra unidad penitenciaria, “ya que el mismo no tiene estado militar, en razón de haber sido dado de baja deshonrosa, además fue condenado por la Justicia ordinaria”.
En Tacumbú, Colmán se volvió evangélico y prestó servicios como auxiliar contable en la administración del programa Libertad, encargado de la Biblioteca y sala de Informática y profesor auxiliar de matemática durante 5 años. En la prisión militar, estudió instalación y reparación de equipo de refrigeración y aire acondicionado.
El 9 de febrero pasado, el abogado Marcial Villalba solicitó la libertad condicional de Colmán, que cumple las dos terceras partes de su condena en el próximo mes de marzo. Asimismo, acompañó una propuesta de trabajo formal presentada por el hermano del condenado, Víctor Hugo Colmán Cardozo.
Cabe señalar que la defensa solicitó anteriormente una reducción de 420 días, por cinco años de trabajo. La fiscala Celia Beckelmann se opuso a la concesión del beneficio, por considerar que la documentación presentada era insuficiente.
El 16 de febrero pasado, la jueza Morel hizo lugar al incidente planteado por la defensa y otorgó 108 días de redención a favor de Colmán. En consecuencia, el nuevo cómputo establecido por el juzgado establece que el homicida compurgará su pena el 8 de agosto del 2022 y a la fecha, ya puede solicitar la libertad condicional.
El cumplimiento de las dos terceras partes de la condena es tan sólo uno de los requisitos exigidos para la concesión de la libertad condicional. Buena conducta e informe psicológico positivos son otros requisitos igualmente fundamentales.
En este caso específico, ambos centros penitenciarios dónde estuvo recluido Colmán reportan que el condenado tiene muy buena conducta.
Por otro lado, el informe de la psicóloga Juana Brítez, dice lo siguiente: “(...) En el momento de la evaluación se evidencia: impaciencia, impulsividad reprimida, dispuesta a enfrentar el mundo. Presenta rastros de personalidad antisocial, narcisismo, es autocrítico, manifiesta sentimientos de culpabilidad, necesidad de afianzarse y ciertas alternaciones de conducta”. Una vez que la fiscala Beckelmann se expida sobre el particular, la magistrada dictará la resolución respecto a la viabilidad o no de la libertad condicional de Colmán.