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Anualmente mueren 1.200 personas en siniestros de tránsito en Paraguay. De esta cifra, la mitad son motociclistas, según un estudio del Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Tránsito.
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Los lesionados suman de a 20.000 cada año. En 2017 fueron 62.000. De estos, quedan discapacitados de forma permanente al menos 300 personas, signficando también otro cantidad de dinero destinada a estas personas.
Para el Hospital de Trauma, el de referencia para atender este tipo de heridos, atender a estas personas se traduce en un gasto anual aproximado de US$ 100 millones.
Otro dato alarmante es que las personas más afectadas son jóvenes de entre 15 y 19 años. Hay que tener en cuenta que la etapa considerada de mayor productividad es de 19 a 24 años. Además, el 80% de los jóvenes accidentados son de escasos recursos y no cuentan con dinero para seguir tratamientos adecuados a las secuelas que dejó el siniestro vial.
Ante esta situación, la propia Ley 5016 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, que se encuentra vigente actualmente, propone la que sería una solución al menos para paliar los gastos que destina el Estado, proveniente de los impuestos pagados por la ciudadanía. En su artículo 95, habla del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT).
Según la normativa se trata de “un seguro de tipo social, que rescinde de la determinación de la culpa incurrida por los involucrados en el siniestro. Su cobertura abarca los gastos correspondientes a la atención médica y quirúrgica, los gastos farmacéuticos, hospitalarios, de internación, la incapacidad permanente; así como los de transporte para la atención inmediata de los lesionados, en las cuantías establecidas por víctima en el correspondiente reglamento para las víctimas de accidentes de tránsito ocurridos en el territorio nacional”.
Actualmente este artículo aún no está reglamentado, pero se hizo un intento años atrás, que finalmente fracasó a raíz de una serie de inconvenientes en la redacción de la norma y sus reglamentaciones, así como de la falta de coordinación con las instituciones intervinientes.
A un par de meses de haber sido implementado, el expresidente Horacio Cartes derogó el marco legal. El monto debía ser abonado de forma anual con un monto de G. 160.000 para motos y G. 300.000 para automóviles.
Según una tesis realizada por Pedro Luis Giménez, denominada “El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) como protección de la vida humana y la integridad física de las personas en el tránsito terrestre”, aplicar este tipo de seguro sería la solución más próxima.
En diálogo con ABC Color, Giménez indicó primeramente que es importante diferenciar entre una póliza de seguro normal y el Soat, ya que muchas personas argumentaban que realizaban un "doble gasto" por seguros. “Se trata de un seguro exclusivo para salud pública. Este seguro además no ve si tenés la culpa o no del accidente”, explica como uno de sus aspectos.
En las conclusiones del estudio se señala que el SOAT “es una propuesta válida que contribuiría a disminuir notablemente el gasto por cada accidente de tránsito ocurrido en el país, pero debería ser analizada de acuerdo a la realidad nacional en ciertos puntos de modo a ser aceptada por la ciudadanía y no ser nuevamente derogada por una nueva legislación”.
Según Giménez, la idea es crear un fondo para paliar los gastos que significan este tipo de percances ruteros al Estado, y los lineamientos deberán definirse estableciendo una mesa de trabajo entre el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, la Superintendencia de Seguros y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Resaltó como uno de los aspectos interesantes de esta normativa que una vez implementado este seguro, las víctimas de accidentes deberán ser asistidas por el hospital más cercano al lugar del siniestro, ahorrándose valiosos minutos, considerados vitales para que el paciente pueda salvarse. “Se encarga el hospital más cercano y luego el hospital cobra dichos gastos al fondo generado a través del Soat. No se tiene que esperar necesariamente una ambulancia del Hospital de Trauma, que a veces puede tardar horas por la distancia”, explicó.
Además, este seguro cubre los gastos para personas que sufren secuelas en el proceso de recuperación, como así también indemnizaciones ya sea para sepelios o de otro tipo.
Según dice, lo que tal vez se considera un aspecto negativo de esta ley es que desde la implementación deben pasar seis meses para que esté disponible, de manera a que el fondo tenga el monto para empezar a cubrir las necesidades, considerando que el mismo no contará con un presupuesto estipulado por el Ejecutivo.
Subraya que este tipo de seguro ya fue implementado en otros países con total éxito y que existen pruebas de que incluso significó la reducción de accidentes de tránsito.
Referente al aspecto de que generalmente son personas en edad productiva las que se accidentan, lo que significa que sus familiares deben hacerse cargo de ellos, incluso teniendo que uno de los familiares dejar de trabajar para encargarse del enfermo, señala que lo que el Soat busca es justamente eso, que todos los gastos no recaigan sólo en las familias (el 80% de los accidentados son de escasos recursos). “Las familias no van a pagar, el SOAT lo hará”, resalta.
A su turno, el presidente de la Asociación Paraguaya de Compañías de Seguros (APCS), Juan Carlos Delgadillo, señala que las autoridades de control deben ocuparse nuevamente de este tema. “Eso debe ser elaborado por la autoridad de control ya que nos quedamos sin ningún instrumento", considera.
Recuerda que cuando estuvo en vigencia esta ley, lograron vender una buena cantidad de pólizas que luego debieron reembolsar apenas dos meses después, ante la derogación. “Contemplaba la asistencia médica hasta una suma determinada, en el caso de muerte y en el caso de invalidez también cubría”, rememoró.
Bernardo Navarro Amarilla, de la Superintendencia de Seguros, sostuvo a inicios del 2016, que existe la necesidad de que más temprano que tarde se retome el debate sobre la necesidad de implementación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) luego de la derogación de la Ley 4950/2013. Un equipo del Banco Central del Paraguay (BCP) trabaja desde el 2014 en la adecuación y reforma de la polémica Ley del SOAT.
“Creo que es factible comenzar a analizar nuevamente, porque el año pasado se tuvieron otras prioridades más urgentes. Este año, considero que se puede retomar la discusión porque hay sectores que expresaron su interés en volver a discutir, como el Ministerio de Salud y Emergencias Médicas por los altos costos que caen sobre la espalda del Estado por accidentes de tránsito”, destacó el funcionario.
El trabajo de Britez concluye recomendando la implementación del SOAT “como factor de influencia en el desarrollo nacional; ya que la pesada carga que imponen los traumatismos sufridos en la vía pública por accidentes de tránsito abre la urgente necesidad de que el gobierno y otros actores claves se interesen en aplicarla como parte de la política y estrategia nacional en la protección de la vida humana y la integridad física de las personas en el tránsito terrestre”.