Hacia una “justicia más compasiva” para el adolescente

Hoy el Estado no cumple un rol preventivo o protector de derechos de los adolescentes en conflicto con la ley, sino solo busca castigar sus conductas, dice un reciente documento publicado por la Corte Suprema sobre Justicia Juvenil en Paraguay.

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La justicia restaurativa, también llamada justicia reparadora o compasiva, es una forma de pensar la justicia, cuyo foco de atención son las necesidades de las víctimas y los responsables del delito, y no necesariamente el castigo a estos últimos, ni el cumplimiento de principios legales abstractos.

A menudo se usa el término "ofensores" como concepto alternativo al delincuentes o criminales, pues la justicia restaurativa intenta evitar estigmatizar a las personas que han cometido un delito, especialmente a los adolescentes.

Según la publicación de la Corte Suprema de Justicia, denominada “Justicia juvenil restaurativa en Paraguay. Capitalización del Primer Plan Piloto de la Ciudad de Lambaré, que incluyó también a Villa Elisa, San Antonio y Ñemby, el 31% de la sociedad paraguaya incluye una población menor a 15 años de edad, según censo del año 2015.

Dice que en ella convergen dos realidades bien marcadas. Por un lado, una alta proporción corresponde a adolescentes que habitan principalmente en las áreas urbanas, que disfrutan activamente de los derechos inherentes a su condición, viven en familias establemente constituidas y tienen acceso a la educación, a la salud, al esparcimiento, así como expectativas y proyectos para el futuro.

Este sector de la población adolescente es protagonista de movimientos estudiantiles que, acertados o no, procuran un cambio en la sociedad, que se manifiestan a favor de una mejor educación, se perfilan liderazgos acompañados de sus padres, tienen una presencia importante y esperanzadora para el país.

Por otro lado, hay un número cada vez mayor de adolescentes que no tienen acceso o sufren la interrupción del acceso al goce de sus derechos básicos, lo cual, a su vez, los lleva a iniciarse desde temprana edad en el mundo delictivo.

Alerta que este sector merece "especial atención", teniendo en cuenta que hay muchos casos en los que el seno familiar está roto o familias que se han desplazado de las zonas rurales a las ciudades en busca de mejores oportunidades económicas y sociales, y en este trayecto han dado nacimiento a una franja de niños que crecen sin acompañamiento, con alto índice de deserción escolar, sin proyección familiar, social o estatal.

El documento señala que este vacío lleva a estos niños y adolescentes a tener un contacto temprano con adicciones que, una vez que forman parte de sus vidas, los llevan con frecuencia a formar parte de una dolorosa estadística de adolescentes en conflicto con la Ley Penal.

Dice que un alto porcentaje de adolescentes que cometen algún delito tienen o han tenido contacto con drogas, sea en la forma de consumo, microtráfico o infracciones relacionadas con ellas: hurto, robo, violencia.

Añade que los adolescentes en conflicto con la ley penal se encuentran en una edad en que son “totalmente vulnerables” por ser esta una etapa tan delicada del desarrollo personal. Muchos de ellos no tienen arraigo familiar. Han dejado sus hogares por muy diversas situaciones, pero la violencia de todo tipo o las adicciones propias o de parientes cercanos, son los principales detonantes. 

De acuerdo al documento, los adolescentes, cuyos casos llegan al debate legal en instancias jurisdiccionales sobre los hechos que se les atribuyen, son asistidos por los operadores de justicia y durante el proceso se les brinda “atenciones mínimas” en las áreas de educación, salud, espiritualidad y formación técnica.

Sin embargo, estas atenciones atenciones no son sostenibles en el tiempo, razón por la cual se tornan insuficientes para asegurar la no reincidencia en conductas delictivas.

Señala que aquí se torna de fundamental importancia el impulso de políticas públicas destinadas a que adolescentes recuperen los derechos que les han sido negados o postergados, y se propicien las condiciones para que su comportamiento sea socialmente aceptado y sostenible.

La legislación estipula que deben aplicarse como medidas principales las socioeducativas. Sin embargo, aclara, se percibe que muchos de los adolescentes ni siquiera se encuentran psicológica o socialmente habilitados para comprender que sus conductas deben ser reencauzadas.

Al respecto, el documento afirma que el Estado debe complementar su presencia y hacer efectivo su rol de protector de nuestros adolescentes, generando políticas públicas que se adecuen a la necesidad de rehabilitarlos socialmente y dotarlos de herramientas que permitan romper el círculo de pobreza y exclusión para que, de este modo, puedan encaminarse hacia un futuro sin delito.

Añade que es fundamental reconocer la relación especial que tiene el Estado con los adolescentes privados de liberad y tomar, en conseuencia, todas las medidas necesarias para que esta responsabilidad sea asumida en toda la magnitud que implica.

La publicación señala que en los últimos años se ha venido incrementando considerablemente la sensación de inseguridad social, cuyo génesis es difícil de precisar, aunque se puede comenzar observando la evolución de las decisiones judiciales, legislativas y ejecutivas.

Acto seguido, añade, pasaríamos también por la desigualdad de oportunidades, una cierta desidia de los organismos estatales en cuanto a velar por el estricto cumplimiento de mandatos legales asumidos, un amplio margen de abandono, ciertos sectores sociales en descalabro familiar, económico, cultural..., y la lista seguiría.

Dice que en esta materia pueden señalarse dos factores que, definitivamente, influyen de manera constante entre los adolescentes infractores: la falta de formación, entendiendo esto como el incumplimiento del mandato constitucional acerca de la educación escolar básica obligatoria (del 1º al 9º grados, entre los 1 y 16 años de edad), hasta la falta de formación técnica.

Sostiene que eso revela que la prevención podría darse fácilmente en una población juvenil que infringe la ley penal, si se protegieran derechos básicos que son descuidados o directamente negados, como se ha señalado anteriormente.

El trabajo afirma que, particularmente, la desarticulación familiar, célula de la sociedad, responde en la mayoría de los casos a que los padres no tuvieron acceso a una buena formación y educación y, en consecuencia, carecieron de las oportunidades que la educación brinda, de lo cual se podía y debía esperar un futuro mejor para los niños y adolescentes hijos de esos padres, que fundaron familias.

Apunta que como resultado se tiene una poblacón juvenil infractora sin contención familiar, sin oriencación básica de comportamiento social, con desprecio hacia los bienes jurídicos protegidos por la ley penal, debido -a su vez- al desprecio por sus propios bienes jurídicos que han sido patente y constantemente violenados.

“Pareciera un mero juego de palabras; sin embargo, la falta de formación y acceso a la educación puede dibujarse como una ruta casi obligada, un circuito que mantendrá a sus pasajeros al margen del pleno ejercicio de derechos y los retornará fatalmente al círculo de carencias, violencia y delincuencia”, afirma.

Un segundo componente constante referente a la inseguridad se encuentra en el fácil acceso al consumo de estupefacientes. Muchos adolescentes, siendo aún niños, se inician en estas prácticas nocivas e ilegales que los expulsan del ámbito de la protección familiar y los dejan a las puertas del mundo delictivo.

Dice que esta combinación de elementos es un auténtico detonante en el ámbito de la seguridad, pues surge casi como una regla que todos los adolescentes que consumen sustancias estupefacientes cometen infracciones a la ley penal.

“La ciudadanía percibe como ‘peligroso’ a un joven adicto y ‘mal vestido’ es casi seguro que se lo evita o incluso se comunica a la Policía, que en ocasiones interviene y podrían llevarlo a la comisaría por mera actitud sospechosa: hasta ese punto llega la sensación de inseguridad.

El trabajo de investigación señala igualmente que se está dando mucho también últimamente que ante un hecho o tentativa de hecho punible procedan las muy populares pero ilegítimas “comisiones garrote”, cuyos miembros detienen al sospechoso, le propinan golpes y luego llaman a la policía para que intervenga.

Señala que esto es consecuencia de la “reinante inseguridad a nivel social”, y de la inseguridad jurídica existente. Lamenta que la Fiscalía no tome acciones para desalentar estas prácticas ilegales.

La inseguridad está instalada, no solo en las calles, sino también ha permeado las instituciones encargadas de velar por la seguridad, incluyendo a los tres poderes del Estado.

La justicia ha ido incorporando mejoras en la infraestructura: la atención médica básica, la asistencia vocacional y espiritual, y en el proceso de acompañamiento post internación o de reinserción.

Pese a estos avances, cabe mencionar que nuevamente los Centros Educativos han sido escenario de amotinamientos que resultaron en la muerte de dos adolescentes y heridas a varios de ellos.

Estos hechos refuerzan la necesidad de ejecutar a mayor escala los princiios internacionales en materia penal juvenil, enfocándonos principalmente en la Justicia Restaurativa, para que tanto el Poder Judicial como el Poder Ejecutivo impulsen en todos los niveles las acciones tendientes a desahogar la excesiva población penitenciaria juvenil, velar por el cumplimiento del principio de aplicación de prisión preventiva como último recurso y facilitar la reinserción en la sociedad de los adolescentes condenados a régimen penitenciario.

En la búsqueda de mecanismos necesarios para prestar una atención mucho más integral al adolescente, se llevó a cabo con cierto éxito el primer plan piloto de justicia juvenil restaurativa en la ciudad de Lambaré, que también abarcó a las ciudades de Villa Elisa, San Antonio y Ñemby.

El informe da cuenta de que la mayoría de los adolescentes atendidos tienen entre 16 y 17 años de edad, y en su mayoría provienen de familias disfuncionales, nunca estudiaron o abandonaron la escuela y presentan problemas de adicción a sustancias sicoactivas, como la marihuana, la cocaína y el crack.

En ese sentido, desde octubre de 2014 a setiembre de 2017, el Juzgado Penal Adolescente de Lambaré atendió 641 casos, de los cuales 301 han contado con una defensa pública especializada. Por su parte, la fiscalía ha tramitado entre 2016 y 2017 514 casos.

En relación a los casos ingresados por la fiscalia especializada de Lambaré, la mayoría de los adolescentes provienen del distrito de Ñemby (40,96%), seguido de Villa Elisa (22,26%), Lambaré y San Antonio (18,39%). De estos caso, los hechos punibles con mayor incidencia son: exposición al peligro en el tránsito (29%), hurto agravado (12,23%), hurto (9%), robo agravado y tenencia de estupefacientes (8,1% cada uno).

En los distritos de Ñemby y Villa Elisa tienen la mayor incidencia en relación a los delitos de exposición al peligro en el tránsito (15,2% y 9,4%). La incidencia de delitos contra el patrimonio es más alta en Ñemby (10,3%) y Lambaré (9,7%).

En el Programa de Lambaré las salidas procesales que más se han utilizado son la suspensión condicional del proceso, el procedimiento abreviado con suspensión de condena, el sobreseimiento definitivo, los criterios de oportunidad y remisión.

En cuanto a la reparación del daño, se ha promovido el desarrollo de procesos de mediación, siendo derivados 41 casos entre el año 2015 y agosto de 2017, de los cuales 22 tuvieron como resultado un acuerdo reparatorio; en cuatro no se pudo llegar a un acuerdo; tres no fueron casos mediables y 12 fueron cerrados por inasistencia de alguna de las partes.

Para el juez de la Niñez y la Adolescencia, de la circunscripción de Lambaré, Camilo Torres, el plan piloto ha sido exitoso, teniendo en cuenta que se logrado una reincidencia en la comisión de hechos punibles de solo el 8% de los adolescentes que tuvieron problemas con la ley.

Explicó que uno de los aspectos importantes de la justicia restaurativa es la “reparación del daño” cometido por el adolescente, que implica que el adolescente tiene la posibilidad de hacer varias prestaciones, como pedir disculpas a la víctima, que tiene un rol mucho más relevante en el proceso.

Afirmó que víctima y victimario tratan de llegar a la solución del conflicto, sin que eso cause más daño. “El delito causa daño entre las partes, y lo que se busca es sanar eso de la manera ‘más educativa posible’, donde el chico se responsabiliza, repara el daño y se inserta en la comunidad”, dijo.

Preguntado cómo se hace o se concretiza la “reparación del daño”, el magistrado dijo que se materializa a través de varias figuras, desde pedido de disculpas, puede ser la reparación económica, puede ser un servicio en beneficio de la comunidad o asistir a los talleres especificados en el manual recientemente publicado por la Corte Suprema de Justicia.

“Nosotros les habilitamos, a través de la comunidad, cursos en el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), Ministerio de Educación, talleres de refuerzo, también está el trabajo de las organizaciones de apoyo espiritual, donde el chico se prepara para volver a convivir en sociedad”, destacó el magistrado.

Consultado sobre los delitos que pueden ser abarcados en este sistema, expresó que son delitos que tienen penas de seis meses a cinco años, que son básicamente y delitos contra el patrimonio y culposos, que siempre busca que el adolecente repare el daño a la víctima y se reinserte a la sociedad.

Requerido si están dadas todas las condiciones para que esta forma de justicia sea un éxito en el tiempo, el juez manifestó: “Lo que faltaría para que esto sea un éxito rotundo es la especialización total del fuero, porque la Convención de los Derechos del Niño establece que tienen que haber fiscales, defensores, jueces y policía nacional especializada en el tratamiento de adolescentes en conflicto con la legislación penal”.

Añadió que el objetivo de fondo es que baje la reincidencia de la comisión de hechos punibles y que los chicos puedan volver a reinsertarse a la sociedad, que ellos también tengan esa capacidad de reconocer y de reparar el daño, a diferencia de la justicia punitiva.

Preguntado qué puede hacer el Estado ante la falta de recursos, manifestadas por algunas organizaciones que se dedican a ayudar al adolescente a salir adelante, el juez expresó: “Faltan políticas para una franja etaria muy vulnerable, como son los chicos de 14 a 18 años. No tenemos centros de desintoxicación de drogas, educativos, programa de alfabetización para adolescentes que dejaron el colegio, toda la parte de prevención para la salud, embarazo infantil, etc”.

Agregó que aquí hay que trabajar de manera institucional para prevenir el delito, a través de la educación, y sacar al adolescente que quiere salir de ese círculo vicioso, que quiera volver al colegio, a la universidad, a buscar su primer empleo, que tendría que estar más a mano del chico.

“Este proyecto, que ya dejó de ser un plan piloto, tuvo un éxito importante, porque logró disminuir la reincidencia en la comisión de hechos punibles en un 8% en esta zona; y tenemos chicos que terminaron el colegio, es más, tenemos otros que ya están en la universidad, dijo.

Añadió que con esto se ha demostrado que si se sostiene un acompañamiento adecuado al adolescente, que está en un proceso de formación es totalmente factible que el mismo pueda reinsertarse con éxito en la sociedad.

"Ahora, la ausencia de políticas es la que realmente frena esto. Si yo le meto (al adolescente) en un centro educativo, donde realmente no se educa, porque es una cárcel, allí tenemos un serio problema”, subrayó el magistrado.

 

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