Ganarse la libertad

Es bastante conocido que la gran mayoría de los presos del país no tienen condena, situación que repercute en el hacinamiento prolongado de las cárceles. Una iniciativa apuesta a reducir la población penitenciaria con nuevas oportunidades para condenados.

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Esta semana se llevaron adelante las primeras audiencias de condenados recluidos en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, de conformidad con el Código de Ejecución, en el cual se estudia otorgar beneficios a presos con buen comportamiento.

“Lo que se busca es que todo el sistema de justicia se mueva dentro de los plazos razonables, entendemos que hay un hacinamiento por culpa justamente del proceso que se lleva - ya sean procesados o condenados - es muy muy lento”, sostuvo el abogado Osmar Báez Cardozo, Director de la Oficina de Seguimiento a la Situación Procesal del Ministerio de Justicia.

Esta iniciativa nació del Juzgado de Ejecución de Paraguarí, a cargo de la Dra. Miriam Villamayor de Adorno, quien propuso la realización de este tipo de audiencias con el fin de acortar los tiempos y definir el futuro de los procesados que trabajan por una oportunidad ante la sociedad.

Según se estima, al menos el 75 por ciento de la población penitenciaria del país no tiene condena, por lo que mientras se busca acelerar los casos para definir la situación de los procesados, estas iniciativas buscan ofrecer otras salidas a los que sí cuentan con condenas y cumplen con los requisitos establecidos en el Código de Ejecución.

La meta es firme, disminuir el hacinamiento dentro de las prisiones. Una de las primeras medidas adoptadas para contrarrestar esta situación fue apelar a salidas alternativas a la prisión, como método para reducir la cantidad de personas remitidas a las cárceles.

Estos tres internos de Tacumbú fueron condenados por coacción sexual, robo agravado y homicidio doloso respectivamente, y han pasado previamente por un largo proceso, además de cumplir más de la mitad de su condena, participar de programas de reinserción.

El código de Ejecución, vigente desde el 2015, contempla dos principales beneficios a los cuales pueden acogerse las personas privadas de su libertad con condena: el de la redención y el de las salidas transitorias.

La Redención - explica Báez Cardozo - consiste en que por cada tres días trabajados en alguno de los programas de reinserción (jornadas de ocho horas) se descuenta un día de condena. Una vez que el interno acepta la condición, se inicia un nuevo cómputo para medir los días que le quedan de condena, y posterior a ello pueden solicitar acceder a la libertad condicional, decisión que queda en manos de un Juzgado de Ejecución.

En cada pabellón de los reclusorios se llevan adelante distintos programas desarrollados por el Ministerio de Justicia, como producción de termos forrados en cuero, fabricación de muebles en madera, entre otros, a los cuales se apuntan los internos dependiendo de su comportamiento. También hay programas de educación primaria, secundaria y terciaria. Entonces el proceso se inicia desde antes, con la formación a través de uno de los programas.

Las Salidas Transitorias, o periodo de “semi libertad” consiste en otorgar permisos por hasta 48 horas para que el interno condenado beneficiado pueda abandonar la prisión. Este aspecto es muy importante para el afianzamiento del recluso dentro de su proceso de reinserción laboral, destaca.

“Previamente se hace todo un estudio socio ambiental para otorgar este beneficio” sostiene y agrega que también se formaliza con una persona responsable durante esas 48 horas. “Esto se otorga de acuerdo al comportamiento, si es excelente, puede acceder a las salidas transitorias bajo su propia caución, pero hasta el momento tiene que haber alguien responsable, un familiar o un abogado, pero esa es la reglas establecidas”.

Los candidatos son estudiados por equipo asesor que está integrado por médicos, psicólogos, trabajadores sociales y ramas similares, quienes son los responsables de seguir la evolución de los internos y elaborar los informes correspondientes cuando solicitan acceder a alguno de los beneficios.

“Generalmente el interno solicita a través de su abogado, ante el juzgado el pedido de de redención y en base a eso ordena que se hagan informes correspondientes, para ver si se otorga o no el beneficio. Todos los informes deben ser a favor del interno para que se le pueda conceder”, explica.

Báez Cardozo manifestó que ahora buscan contagiar esta iniciativa a los demás juzgados, ya sean de medidas o de ejecución, para tratar de que vaya circulando dentro de los plazos razonables cada audiencia para evitar las suspensiones y otros inconvenientes que suelen surgir.

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