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“Mamá nos ponía a mi hermano y a mí en habitaciones diferentes y así, separados, nos comenzaba a hablar a cada uno acerca de las horribles cosas que papá nos hacía, o dejaba de hacer“, nos comenta una joven, recordando su pasado.
“Sin estar en comunicación, no podíamos reflexionar juntos acerca de la versión de mamá, por lo que mi hermana menor y yo, de entonces 7 y 10 años, éramos aún más vulnerables.
Habían pasado dos años desde la última vez que vimos a papá. Luego, mamá se puso en pareja con otra persona y literalmente nos escondió del conocimiento de nuestro padre.
Nos cambiamos de domicilio y pese a que papá hacía todos los esfuerzos por dar con nuestro paradero (eso lo supe después) no lo logró sino hasta que inició un juicio, en el cual le pidió a una jueza de Niñez que estableciera un régimen de relacionamiento con nosotros.
Justamente esta notificación le había llegado a mamá y debía presentarse con nosotros a una audiencia. Era por eso que había iniciado esta suerte de entrenamiento-lavado de cerebro intensivo, para asegurarse de que a mi hermano y a mí nos quedara bien en claro qué es lo que debíamos ir a repetir, de memoria, ante la magistrada.
Los argumentos de mamá eran básicos y fáciles de memorizar para mí, aunque sabía perfectamente que no todos eran ciertos.
“Su papá nos abandonó, me fue infiel con otras mujeres, tuvo hijos fuera del matrimonio y no nos pasa la prestación alimentaria en forma”.
Ya después de grande aprendería que todas las cosas que pudo haber hecho papá como pareja, en nada tendrían que haber afectado nuestra relación con él como padre”.
“Así inició un juicio en donde una magistrada mediocre ni siquiera nos escuchó como debía, y terminó diciendo que los chicos estábamos 'irremediablemente afectados por el daño psicológico', para terminar ordenando un régimen de visitas semanales a papá, acompañado por terapias psicológicas a las que mamá debía llevarnos. Cabe aclarar que ella no cumplió con las sesiones en forma y, como era de esperarse en Paraguay, la autoridad judicial no hizo un seguimiento para constatar el cumplimiento de la orden.
A esa edad, aunque sentía que algo estaba mal en el actuar de mamá, no tenía ni la menor idea de que ella estaba cometiendo alienación parental, una forma de maltrato infantil. Un delito, que aún no está legislado en Paraguay pero sí en otros países de la región. Un daño tremendo que tristemente, tiene secuelas psicológicas muy difíciles de revertir en la edad adulta”.
Legislación es necesaria
La abogada María Gloria Bobadilla, especialista en derecho penal, explica que la alienación parental vulnera derechos humanos de respeto a la vida familiar y las autoridades deberían detectarlo en los juicios en los que están involucrados niños, de manera a poder impedirlo.
Para la jurista se hace necesario una legislación al respecto. Lo más triste es que muchos de los niños que la sufren no son consientes de ellos hasta llegar a la mayoría de edad y darse cuenta de las graves consecuencias en su aspecto psicoafectivo, de autovaloración personal y en sus relaciones interpersonales. “Este no es un tema menor y debe ser tratado por especialistas en la materia, si deseamos preservar la salud integral de los niños y su interés superior”, explica la experta.
Bobadilla dice que limitarse a ordenar una visita judicial no será la solución, puesto que será necesaria una intervención terapéutica. Lastimosamente, muchos jueces se limitan a dar la orden sin analizar el caso a profundidad, ni las circunstancias de cada familia.
Debemos advertir que el relacionamiento no debe ser usado para venganza ente los padres. De igual manera, acusar de alineación solo para conseguir la custodia o mayor cantidad de tiempo en un régimen de relacionamiento, es una forma de manipular la ley.
Aunque muchos padres jamás acepten que son autores de esta práctica, obstaculizar el derecho fundamental del menor de mantener sus afectos y vínculos emocionales con el otro progenitor y los familiares de este, le provoca al hijo un daño enorme a su bienestar y desarrollo emocional, indica la jurista.
Pero, ¿qué significa?
En sentido etimológico, alienación parental quiere decir hacer a alguien ajeno a su padre o a su madre. En el ámbito de la Salud Mental, el Síndrome de Alienación Parental (SAP) fue descrito, por primera vez, hace un cuarto de siglo, por el psiquiatra forense norteamericano Richard Gardner, que lo define como “un desorden que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños”.
Su primera manifestación inicia con “una campaña” de difamación contra uno de los padres por parte del otro progenitor. Campaña que, por lo general, no tiene justificación.
El fenómeno resulta de la combinación de un sistemático “adoctrinamiento” (lavado de cerebro) de uno de los padres y , como consecuencia de este “aprendizaje”, posteriormente viene la propia contribución del hijo a la denigración del padre rechazado.
Más recientemente (American Journal of Family Therapy, 2010), el profesor de Psiquiatría infanto-juvenil, William Bernet, definió el Trastorno de alienación parental como: “Un estado mental en el que un niño – cuyos padres están involucrados en un divorcio de alto conflicto, por lo general – se alía fuertemente con uno de los progenitores (el preferido) y rechaza la relación con el otro progenitor (el alienado) sin justificación legítima”.
En Brasil, para evitar esta forma de abuso emocional a los niños del divorcio, promulgó la “Ley de alienación parental Nº 12.318”, que está en vigencia desde el 26 de agosto de 2010.
Niveles de rechazo
Es posible identificar diferentes niveles de intensidad en el rechazo que muestran los niños y niñas afectados por el SAP: rechazo leve, moderado e intenso:
El rechazo leve: se caracteriza por la expresión de algunos signos de desagrado en la relación con el padre o la madre. No hay evitación y la relación no se interrumpe.
El rechazo moderado: se caracteriza por la expresión de un deseo de no ver al padre o la madre acompañado de una búsqueda de aspectos negativos del progenitor rechazado que justifique su deseo. Niega todo afecto hacia él y evita su presencia. El rechazo se generaliza a su entorno familiar y social. La relación se mantiene por obligación o se interrumpe.
El rechazo intenso: supone un afianzamiento cognitivo de los argumentos que expone el padre alienador. El niño se los cree y muestra ansiedad intensa en presencia del progenitor rechazado. El rechazo adquiere características fóbicas con fuertes mecanismos de evitación. Puede aparecer sintomatología psicosomática asociada al malestar de estar en presencia de progenitor rechazado.
Aunque existen aún pocos estudios acerca de las consecuencias que un SAP va a tener a corto y largo plazo en los menores, sí se ha podido observar, ante la simple presencia física del progenitor rechazado, reacciones de ansiedad, crisis de angustia y miedo a la separación. El progenitor aceptado informa además de alteraciones en los patrones de alimentación y sueño del niño, conductas regresivas y de control de esfínteres.
A continuación se exponen los problemas más frecuentemente detectados en menores que sufren SAP.
Trastornos de ansiedad: los menores viven el momento de las visitas con un fuerte estrés, en estos casos observamos respiración acelerada, enrojecimiento de la piel, sudoración, elevación del tono de voz, temblores, finalizando en desbordamiento emocional, no pudiendo estar delante del progenitor rechazado con serenidad y normalidad.
Trastornos en el sueño y en la alimentación: derivado de la situación anterior, son menores que a menudo manifiestan que sufren pesadillas, así como problemas para conciliar o mantener el sueño. Por otro lado pueden sufrir trastornos alimenticios derivados de la situación que viven y no saben afrontar, ingiriendo alimentos compulsivamente o no alimentándose, hechos que el progenitor alienador suele utilizar para cargar contra el otro, haciendo ver que estos síntomas son debidos al sufrimiento del menor por no querer verlo.
Conductas agresivas: Cuando nos encontramos ante un nivel severo de alienación, a menudo se observa en los menores problemas de control de impulsos, teniendo que ser contenidos en ocasiones por profesionales. Las conductas agresivas pueden ser verbales, o incluso físicas.
Conductas de evitación: Hay ocasiones en las que los menores despliegan una serie de conductas para evitar enfrentarse a la visita, como pueden ser somatizaciones de tipo ansioso que producen una llamada de atención en el progenitor alienador y que tienen como consecuencia posponer la visita.
Utilizan lenguaje de adultos: Jueces de niñez y abogados menudo suelen encontrarse con pequeños que verbalizan términos judiciales, así como tienen un claro conocimiento acerca de los procesos. Por otro lado realizan verbalizaciones que son un claro reflejo de la fuerte conflictividad que viven y de la postura que han tomado en el conflicto, que es al lado incondicional del progenitor no rechazado.
Dependencia emocional: las menores que viven las situaciones que hemos descrito, sienten miedo a ser abandonados por el progenitor con el que conviven, ya que saben que su cariño está condicionado. Tienen que “odiar” a uno para ser aceptado por el otro, y ese odio tiene que ser sin ambivalencias.
Todo ello tendrá como consecuencia la creación de una relación patológica entre progenitor e hijo.
Dificultad en la expresión de emociones: suelen expresar sus emociones de forma errónea, centrándose excesivamente en aspectos negativos. Por otro lado, muestran falta de capacidad empática, teniendo dificultades para ponerse en el lugar de otras personas, manteniendo una actitud rígida ante los distintos puntos de vista que ofrezca el progenitor rechazado.
Exploraciones innecesarias: Pueden darse denuncias falsas por maltrato hacia el padre alienado. Así, estos se verán expuestos a numerosas exploraciones por parte de diversos profesionales, las cuales, además de ser innecesarias, producirán situaciones de estrés. También hace que los menores alienados adopten un rol de "víctimas" de algo que no han sufrido, pero que debido a la campaña de denigración del progenitor alienado, toman como algo real, teniendo unas consecuencias devastadoras para su desarrollo psicológico.
Ante la presencia de la sintomatología descrita, es aconsejable que los menores continúen teniendo relación con el progenitor alienado, ya que precisamente la estrategia que utilizará el progenitor alienador, será que se suspenda el régimen de visitas, utilizando tácticas como las descritas anteriormente. Por ello es importante además dar pautas y orientaciones adecuadas al progenitor alienado, para que durante los contactos no favorezca con su conducta el mantenimiento del SAP. Dichas orientaciones incluirán prácticas como no realizar reproches a los menores ni entrar en sus ataques, teniendo en cuenta que no hablan por ellos mismos, centrar las visitas en un ambiente lúdico entre ambos, buscar actividades que sean del agrado del menor, y posteriormente tareas más personales, etcétera.
Desde hace años, hay un proyecto de ley en el Congreso para que la alienación parental pueda habilitarse como causal de suspensión de la patria potestad. “Se está tratando que se incluya como una causal de pérdida, porque realmente amerita. Los psicólogos tienen que ponerse de acuerdo con el tema de alienación”, mencionó la profesional de leyes.
En países como México y Argentina, sí existe la causal de pérdida de patria potestad, cuando se llega a comprobar que el progenitor cometió alienación parental.
Aunque la alienación no está penalizada, si esta penalizada la violencia familiar en nuestro Código Penal.
Las secuelas que deja este maltrato puede ser reclamada como un daño moral en lo penal, si las consecuencias fueran severas.
La alienación parental siempre deja daños en el menor que es víctima, pero la recuperación depende no solo del tratamiento psicológico, sino de la fortaleza y acompañamiento para dejar atrás el dolor.
Lo más importante y necesario para nuestro país en la actualidad es mejorar la prevención en materia de alienación parental. Desde el momento en que un niño muestra los primeros signos de alarma, se debe intervenir. “No hay que esperar a que el niño desaparezca”, enfatiza la abogada maría Gloria Bobadilla. Se puede denunciar cualquier tipo de vulnerabilidad que sufra el niño en la Defensoría de la Niñez (De la Conquista 1745 entre Ángel Moreno y Francisco López), en la Fiscalía de la Niñez (Nuestra Señora de la Asunción y Eduardo Víctor Haedo), en la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (Codeni) o en el Juzgado de la Niñez. También puede llamar a la línea gratuita 147 o a la Secretaría de la Niñez y la Adolescencia (Avda. Mcal. López N°2029 esquina Acá Caraya).