Ley de maternidad: todas las disposiciones en vigor

Garantizando el derecho de la trabajadora al tiempo de maternidad y lactancia, la Ley Nº 5508 tiene en la actualidad todas sus disposiciones en vigor, estableciendo elevadas multas por su incumplimiento. El permiso por paternidad, de 14 días, debe ser concedido por ley y también es pasible de multa.

Toda madre tiene derecho a acceder a sus controles médicos prenatales, así como al pediatra desde el momento en que el niño nazca.
Toda madre tiene derecho a acceder a sus controles médicos prenatales, así como al pediatra desde el momento en que el niño nazca.publimetro.co

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Si bien en sus inicios los plazos de permiso y los porcentajes de subsidio se dieron en forma gradual, actualmente la Ley N° 5508, de Promoción, Protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna, cuenta con todas sus disposiciones en vigor.

Esto implica una aplicación total de los plazos establecidos para el periodo de maternidad y lactancia (126 días) y un pago equivalente al 100% de la remuneración percibida por la trabajadora, con cargo al Régimen de Seguridad Social del Instituto de Previsión Social (IPS) al momento de ocurrido el parto y mensualmente durante su permiso.

La Ley 5508/2015 fue promulgada en el año 2015 a los efectos de otorgar ciertos beneficios a las mujeres trabajadoras que entran en estado de gestación. El no cumplimiento de las disposiciones tiene como consecuencia multas de 100 jornales mínimos por cada trabajadora que se vea afectada en sus derechos.

Técnicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social brindaron un panorama actualizado de la presente ley, explicando sus alcances y analizando el nivel de cumplimiento que tiene en la actualidad. Así también, describieron cómo está el escenario actual en relación con las multas aplicadas.

Lo que ampara la normativa

La abogada Jessica Espínola, jefa del Servicio de Atención de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo, mencionó que uno de los primeros derechos que adquiere la mujer gestante amparada por la Ley Nº 5508/2015 es el de la inamovilidad laboral.

Eso significa que a partir de que la trabajadora comunica su estado de gravidez, no puede ser despedida en tanto el bebé cumpla un año de edad.

Sí aún así el empleador efectúa el despido, este se considera nulo y se solicita el reintegro inmediato de la trabajadora a su lugar de trabajo, en las mismas condiciones, acotó la funcionaria.

Igualmente, la licenciada añadió que tampoco son válidos los traslados a otro cargo de menor rango ni el desmejoramiento salarial, todo hasta que el bebé cumpla un año.

Con respecto al plazo del permiso de maternidad, la abogada del Ministerio del Trabajo especificó que en la actualidad la mujer cuenta con la totalidad de los días establecidos por la ley, pues ya han pasado más de tres años desde la entrada en vigencia de la normativa. Esto significa que se ha llegado a la concesión del 100% de los permisos dispuestos en la ley, que son de 18 semanas (cuatro meses y seis días. En días son 126 días).

Todos los días del permiso por maternidad son pagados por el IPS si la empresa tiene el seguro previsional al día. Si no tiene IPS o hay mora al momento de presentar la madre su reposo, el empleador se deberá hacer cargo de este subsidio.

Estos son los derechos que adquieren las madres desde el momento de la concepción del embarazo.
Estos son los derechos que adquieren las madres desde el momento de la concepción del embarazo.

Cómo se aplica el derecho a amamantar

Una vez que la madre se reintegra a su lugar de trabajo, la criatura sigue mamando. Por recomendación de los pediatras, lo más saludable es que sea amamantada hasta los dos años.

Es por eso que la lactancia es otro de los pilares de la ley de protección a la maternidad. Toda mamá trabajadora dispone por ley de 90 minutos de su jornada laboral diaria para dar de mamar, expuso la abogada. En primera fase este permiso es hasta que el niño cumpla los 7 meses de edad.

Si al cumplir los 7 meses el médico pediatra prescribe que el lactante continúe siendo amamantado, el permiso se renueva por tres meses a través de una constancia del doctor, que la madre debe presentar ante el departamento de Recursos Humanos de su empresa, explicó la abogada. Atención, a partir de ahí, el tiempo de lactancia se reducirá a 60 minutos.

Mientras el niño siga mamando y hasta que cumpla dos años, el permiso de lactancia por 60 minutos se renueva cada tres meses, pero siempre que transcurra el trimestre se debe acercar una nueva constancia del pediatra, detalló Jessica Espínola. “La prórroga para que el bebé siga lactando es un trámite interno de la oficina donde la trabajadora presta servicios”, puntualizó Espínola.

Si las empresas incumplen algunos de estos derechos, la multa que aplica el Ministerio de Trabajo es de 100 jornales por trabajadora afectada.

La verdadera utilidad de la sala

La ley afirma claramente que todas las empresas que tengan en su plantel un mínimo 30 mujeres trabajadoras deben tener una sala de lactancia en sus dependencias.

Contrariamente a lo que se cree, el objetivo de esa sala de lactancia no es que la mamá amamante en ese lugar. Cada madre puede amamantar donde se sienta cómoda, explicó la jefa del Servicio de Atención de Asuntos Laborales.

Las condiciones de infraestructura de esta sala están reglamentadas en una resolución emitida por el Ministerio de Salud Pública.

“El cometido de la sala es que, luego de haber efectuado su permiso de maternidad de cuatro meses, al reintegrarse a su lugar de trabajo, la mujer pueda extraerse y conservar su leche materna para proveérsela a su hijo cuando regrese a casa. Esto es para evitar que ellas se extraigan leche en el baño o en lugares antihigiénicos, atendiendo que se trata de un alimento y debe tener las condiciones de higiene correspondientes”, puntualizó.

Amamantar, en cualquier lugar en el que la madre se sienta cómoda, es un derecho de ella y del niño.
Amamantar, en cualquier lugar en el que la madre se sienta cómoda, es un derecho de ella y del niño.

Si una empresa tiene 30 mujeres y no dispone de una sala de lactancia, el Decreto 7550/2017 prevé también una sanción administrativa de 100 jornales por trabajadora afectada.

“El Decreto 7550/2017, que reglamenta la ley de maternidad 5508/2015, establece que la madre decidirá cómo usufructuar ese horario en beneficio del niño. Lo puede dividir en dos partes, usarlo al inicio de su jornada laboral (llegando más tarde) o retirarse 90 minutos antes de su salida”, agregó Balbuena.

Los padres son incluidos

El padre del recién nacido tiene 14 días de permiso por paternidad para ayudar a la madre.

“Antes el padre solo tenían tres días, ahora tiene 14, pero a su reintegro tiene que presentar que ya le tramitó la cédula de identidad al niño y también le hizo el certificado de nacimiento. Si no presenta las pruebas de que cumplió esos trámites se le descuentan 14 días”, continuó explicando la abogada.

Todas aquellas empresas que tengan la cantidad mencionada de mujeres tienen que asesorarse inmediatamente, explicó la funcionaria del Ministerio de Trabajo. Para obtener los requisitos a seguir para la instalación de la sala, pueden acercarse al Ministerio de Trabajo o al de Salud.

El Ministerio de Trabajo controla que tengan la sala, y el de Salud es el que evalúa que se cumplan las condiciones de infraestructura.

La función del Servicio de Atención de Asuntos Laborales se divide en tres etapas:

*Charlas donde enseñan a los trabajadores sobre sus derechos.

*Una vez asesorados, algunos empiezan a hacer sus denuncias.

*A partir de estas denuncias se comienza a trabajar y se llega a una audiencia de mediación con la patronal.

Si no da resultados la audiencia de mediación, los antecedentes se remiten al departamento de Fiscalización, donde ellos luego de una inspección confirman si detectaron infracciones y remiten los datos a Asesoría Jurídica, para que se realice un sumario, que puede concluir con una multa.

El padre también tiene tareas que cumplir en el embarazo y sobre todo en el post parto. Por eso, la ley le otorga el derecho a 14 días de permiso pagados.
El padre también tiene tareas que cumplir en el embarazo y sobre todo en el post parto. Por eso, la ley le otorga el derecho a 14 días de permiso pagados.

Menos denuncias y más cumplimiento

Según confirmó la encargada de Asuntos Laborales, este 2019 hubo menos denuncias que años anteriores. “Esto es porque la ley está desde el año 2015, por lo tanto en los primeros años había mayor desconocimiento y más denuncias. Ahora que la ley ya fue totalmente socializada, hay menos denuncias. También aumenta la cantidad de asesoramiento; la gente tiene que conocer la ley para cumplirla”, precisó la funcionaria.

Diariamente se reciben a 45 mujeres o gerentes que se acercan a consultar sobre esta ley la dependencia de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo. Según la jefa del área, los casos son solucionados en un 90%. “Es muy inferior el número de casos no solucionados y que se judicializan”.

Guarderías

César Servián, director de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo, se refirió también a obligatoriedad de las guarderías para las empresas. “Se pide que las empresas que tengan 50 personas de distintos sexos sean hombres o mujeres ya deben contar con guarderías”.

Señaló que con respecto a las multas se hace “un combo” en el cual se fiscalizan y evalúan todos los ítems, como vacaciones, salarios, horario nocturno, etc., todo en un solo paquete, y a partir de ahí se genera la multa.

“En este ítem de maternidad tenemos un monto estimado de casi G. 600 millones en multas generadas entre 2018 y 2019. Pero estas multas no fueron cobradas, están todas apeladas. Ninguna empresa pagó. Es decir, las empresas presentan apelaciones ante la Justicia para no pagarlas”, mencionó Servián.

“Ese es el problema más grave que tenemos, que todas las multas que hacemos están todas recurridas al Tribunal y muy pocas empresas se acercan a abonar. Esto está estipulado en el Código Laboral, que habla de tres días que tienen tiempo de apelar esa sanción”, amplió el asesor jurídico.

Contó que consienten la multa y se acercan antes de las 48 horas a abonarla, incluso, tienen la opción de pagar el 50%.

En cuanto a las visitas de fiscalización, según explicó el director de Fiscalización, Andrés Argüello, generalmente se hace una primera intervención con base en una denuncia. En esta primera oportunidad se les pide que subsanen la infracción, y luego de un tiempo se hace una inspección para constatar que ya fue solucionada la observación.

Generalmente en la segunda visita a mayoría de las empresas ya cubren su falta. En ese caso no se les aplica la multa.

Visitas aleatorias para fiscalización

Las visitas a las empresas son aleatorias y se van haciendo conforme al calendario de actividades que tiene Fiscalización, así como según las denuncias recibidas.

Pero muchas empresas tanto de la Capital como del interior aún no han sido visitadas, debido a que la cantidad de fiscalizadores es mínima.

Se tiene la irrisoria cifra de 26 fiscalizadores para todo el país, cantidad obviamente insuficiente para lograr la celeridad que requieren estos procesos.

El nacimiento y la lactancia son periodos de la vida irrepetibles y que duran muy poco tiempo en comparación con los años de vida que madres y padres salen a ganarse el pan dejando a sus hijos al cuidado de otros. Es por eso que el derecho a compartir con el recién nacido estos espacios no puede ser alienado a ninguna trabajadora que asume la maternidad, una etapa a la que tiene derecho, así como lo tiene a la salud y al empleo estable.

Ilustraciones: Leda Sostoa / Filmación y edición: Adrián Cantore

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