Comunicado de ALDIA S.A. y CREATEC S.A. a la opinión pública

De acuerdo con una publicación periodística realizada el día 29 de julio del corriente, se ha puesto de relieve que “utilidades generadas en el periodo 2018-2023 por las empresas en que el expresidente [Mario Abdo Benítez] es accionista mayoritario fueron destinadas a reservas, lo cual implica que no fueron distribuidas y, en consecuencia, no se visualizaban en sus declaraciones juradas de bienes”.

Comunicado de ALDIA S.A. y CREATEC S.A. a la opinión pública
Comunicado de ALDIA S.A. y CREATEC S.A. a la opinión pública.Marcos Gimenez

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Esta información, según la publicación aludida, “surge de los procesos de control llevados a cabo por la Contraloría General de la República relacionados con el examen de correspondencia sobre las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas presentadas por Mario Abdo Benítez, al asumir y cesar en el cargo de presidente de la República”. Asimismo, se menciona que la “Contraloría se basó en un informe remitido por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), en el cual pone a su conocimiento posibles irregularidades”.

Respecto a estas consideraciones, las empresas declaramos lo siguiente:

1) Antes que nada, expresamos completa apertura y absoluta predisposición a todos los controles legales correspondientes.

En los más de 25 años de trayectoria empresarial, en la que una distinguida clientela nos ha extendido su confianza, siempre hemos actuado con firme apego a la ley. Toda nuestra actuación puede ser examinada con detalle por los organismos competentes.

2) En el marco de las sociedades anónimas, de acuerdo con el artículo 1.079 de la Ley N.° 1.183/85 (Código Civil), la asamblea ordinaria es la que se encuentra facultada a tomar las decisiones relativas al destino de las utilidades.

3) Ahora bien, de conformidad con los artículos 40 y 42 de la Ley N.° 6380/2019 (De modernización y simplificación del sistema tributario nacional), las decisiones respecto a qué hacer con las utilidades acumuladas pueden ser las siguientes: i) distribuirlas entre los accionistas, ii) capitalizarlas y iii) destinarlas a algún tipo de reserva.

4) Efectivamente, entre los años 2019 y 2022, las asambleas ordinarias respectivas decidieron que —parte de— las utilidades de las empresas sean destinadas para reservas operativas. Tales decisiones estuvieron enmarcadas con plenitud en el ordenamiento jurídico, al igual que las adoptadas en el mismo sentido por cualquier otra sociedad anónima.

5) Por lo demás, como empresas con un vasto recorrido en el mercado, seguras de que el imperio de la ley es la única garantía, exhortamos a los organismos de control a ejercer sus competencias de manera objetiva e independiente. La imparcialidad de las instituciones es indispensable para una relación justa e igualitaria entre la administración pública y los ciudadanos.

ALDIA S. A.

CREATEC S. A.

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