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Uno de los símbolos de más relevancia dentro de las ceremonias propias de esta época del año es la bandera, de uso imprescindible en actos oficiales, reuniones, recepciones y eventos, sean en el ámbito local, privado o internacional.
Uso oficial y ubicación
El uso oficial de la bandera nacional está reglado por la ley n.o5209/14, que establece el Ceremonial del Estado y en su artículo 4, inciso d), menciona cuanto sigue: “En el territorio nacional, el pabellón de la República (aclarando que, según el artículo 139 de nuestra Constitución Nacional de 1992, se refiere a la bandera como pabellón) ocupa siempre el lugar de superioridad, establecido de la siguiente manera:
1. El centro, cuando la disposición fuese alternada.
2. Al frente de las demás banderas, cuando fuese conducida en formación de desfile o lineal.
3. A la derecha en escenarios, palcos, mesas de reunión o trabajo, considerándose tal posición, y a la derecha de la autoridad que preside el evento.
4. Si hay dos, el pabellón de la República anfitriona debe estar a la derecha y, del visitante a la izquierda.
5. El pabellón de la República estará dispuesto en todos los casos en el lugar de preponderancia. Las banderas institucionales del sector privado serán dispuestas en el lado izquierdo.
6. El orden de precedencia de otros países se fija alfabéticamente (contenido que abordaremos en nuestra próxima entrega)”.
En caso de que un mismo acontecimiento demande el empleo de la bandera nacional, departamental y municipal, la nacional irá en el medio; la departamental o del Estado, a la derecha; y la municipal, a la izquierda.
En actos oficiales que ameriten la presencia de varias banderas departamentales o municipales, la precedencia se fijará por orden alfabético o las fechas fundacionales de las instituciones. La bandera nacional ocupa siempre el lugar principal.
Puede darse que los propios departamentos o Estados regulen el uso de la bandera y establezcan un orden distinto al que se indicó; coyuntura que debe estar consignada en una legislación específica.
En el caso de que –además de las banderas oficiales– existan otras, como las de las universidades, estas se colocarán al otro extremo de la bandera nacional. Si intervienen varias universidades, la precedencia vendrá por la antigüedad de cada una de ellas.
Hasta la próxima entrega, cuando seguiremos hablando de la ubicación correcta de las banderas.