Uso de la firma indubitada de la cédula de identidad

El Poder Ejecutivo delega en la Policía Nacional la expedición de las documentaciones de identidad de los habitantes de la República del Paraguay.

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La Ley N° 222/93 Orgánica de La Policía Nacional en el TÍTULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO DE LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y FINES DE LA POLICÍA NACIONAL, establece en el Artículo 6°- Serán funciones, obligaciones y atribuciones de la Policía Nacional:

10. Mantener y organizar en todo el territorio nacional el servicio de identificación personal, archivo y registro de antecedentes y del domicilio de las personas.

11. Expedir Cédulas de Identidad, Pasaportes, Certificado de Antecedentes, de Vida, de Domicilio, de Residencia y otros documentos relacionados con sus funciones.

12. Mantener copia actualizada del registro del parque automotor proveída por la Dirección General de los Registros Públicos.

13. Ejercer la vigilancia y el control de las personas en la frontera nacional.

14. Organizar el registro de extranjeros y controlar la entrada y salida de éstos conforme a la Ley. La República del Paraguay optó como medio de identificación de sus habitantes un documento denominado Cédula de Identidad Civil.

La Policía Nacional, a través del Departamento de Identificaciones, es la institución encargada de la emisión del documento denominado Cédula de Identidad Civil.

USOS DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD CIVIL

La sociedad civil ha otorgado a dicho documento una doble función:

Como medio de identificación de sus titulares; y como registro de firmas indubitadas.

Históricamente, las cédulas de identidad, emitidas por el Departamento de Identificaciones, tenían o tienen dos partes. la Cédula de Identidad Civil propiamente dicha; y el prontuario policial.

La Cédula de Identidad Civil es el documento portable que es entregado al poseedor de la identidad documentada.

EL prontuario policial es el documento, almacenado en los archivos del Departamento de Identificaciones, donde se registran los datos más importantes de la persona.

El prontuario policial consiste en una cartulina, color rosado o blanco, de aproximadamente 20 x 25 cm., con escrito preimpreso, con el logo del Departamento de Identificaciones.

Dicho documento constaba de las siguientes partes:

ANVERSO

Prontuario N°

Datos Personales: Nombre; Hijo de (padre y madre), nacionalidad, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, estado civil, profesión, si lee, si escribe, talla, instrucción, fecha de entrada al país, observaciones.

Características Personales: Cutis, cabello, barba, bigote, frente, cejas, ojos, párpados, nariz dorso, base, boca, labios, mentón, oreja, lóbulos, señas particulares.

Domicilios: (Aquí se agregan los sucesivos domicilios de la persona documentada. La misma se realiza en forma manuscrita o en letras de máquina de escribir)

Fecha del primer registro: Firma de la persona documentada.

Registro decadactilar de la mano derecha: pulgar, índice, medio, anular y meñique.

REVERSO

Referencias: (Aquí se agregan los datos que la institución considere pertinentes. La misma se realiza en forma manuscrita o en letras de máquina de escribir)

Fotos

(Aquí se agregan las copias de las fotografías utilizadas en el documento emitido y es agregada en forma secuencial de izquierda a derecha.)

Registro decadactilar de la mano izquierda: pulgar, índice, medio, anular y meñique.

Es en esta parte del citado documento, que a través de los tiempos uno de sus componentes (la firma obrante en el cuerpo) y su parte integrante (el Registro de Prontuario Policial) aparece como firma indubitada para diversos procesos.

EN LAS PERICIAS CALIGRÁFICAS- DOCUMENTOLÓGICAS

En las pericias caligráficas, los exámenes grafotécnicos son en general y principalmente, comparativos.

Solo por excepción, no demandan patrones de confronte.

El patrón consiste en el modelo que se toma como punto de partida para las comparaciones. Todas las piezas y objetos pueden servir de patrones. Cuando se trata de grafismos se requieren patrones gráficos.

Patrón de confronte, pieza de comparación, pieza de cotejo, patrón de comparación, patrón de cotejo, pieza paradigmática, son expresiones sinónimas.

En la grafoscopía –el capítulo más importante de la documentoscopía-, los patrones son prácticamente obligatorios y de uso diario.

En general, los patrones gráficos de confronte deberán satisfacer cuatro requisitos: a) autenticidad; b) adecuación; c) contemporaneidad; y d) cantidad.

Los autores José Del Picchia (h), Celso M. R. Del Picchia y Ana Maura G. Del Picchia, en el libro “Tratado de Documentoscopía – La Falsedad Documental”, sobre el particular manifiesta:

AUTENTICIDAD

Patrones auténticos son, en sentido general, los de origen cierto.

Para que el patrón gráfico sea considerado auténtico será indispensable que haya emanado de una persona calificada para producirlo. Por lo tanto, su autenticidad depende directamente de la identidad.

Existen patrones que tienen, por sí mismos, presunción legal de autenticidad material. Son aquellos producidos delante de la autoridad pública competente: jueces, actuarios, escribanos, oficial de justicia, etc.

La identidad está como afianzada por quien preside el acto administrativo.

ADECUACIÓN

Se entienden por patrones adecuados aquellos producidos en las mismas condiciones de la pieza cuestionada.

Si esta estuviera a tinta, el patrón deberá ser a tinta.

Siempre deberán ser procuradas las piezas adecuadas. No obstante ello, en muchos casos el perito no realizará los cotejos con los patrones deseados y sí con los que puede disponer.

CONTEMPORANEIDAD

Los patrones deben ser contemporáneos.

El requisito de la contemporaneidad es exigido a fin de prevenir la interferencia de esas variaciones.

Entretanto y en general, el escritor precisa de un lapso superior a dos años para incorporar nuevas formas, transformándolas en realizaciones automáticas.

Por ese motivo, y como criterio arbitrario aplicable a los casos normales, se acostumbra fijar el período de dos años, como lapso caracterizador de contemporaneidad gráfica: dos anteriores y dos posteriores.

CANTIDAD

Los patrones gráficos deben ser numerosos, a fin de permitir al perito la verificación de los hábitos del escritor.

Evidentemente, disponiendo de una única pieza de comparación, el técnico podrá quedar en duda sobre si determinadas características son habituales o accidentales. Si las eventuales disparidades morfológicas, por ejemplo, son dependientes de la dualidad de origen o de los cambios del propio escritor.

EN LA CÉDULA DE IDENTIDAD CIVIL

A modo de análisis de la documentación madre de la República del Paraguay, es decir, la Cédula de Identidad Civil, podemos mencionar:

La citada documentación tiene distintas medidas de seguridad, con diferentes objetivos, pero el objetivo de nuestro análisis se decanta en la firma manuscrita que forma parte del documento.

La firma se encuentra en el anverso, en el centro del área inferior. La firma dispone de un área de 2,5 cm x 1,5 cm.

Creemos importante analizar el proceso de obtención de la firma obrante en dicha documentación.

La firma es obtenida por medio de un dispositivo de entrada, que consiste en una pantalla electrónica, que sirve de soporte para la firma, y el elemento escritor es un tipo de lápiz óptico, que simula la función de un bolígrafo.

Las características técnicas del dispositivo utilizado en el Departamento de Identificaciones, dependiente de la Policía Nacional, es:

El PAD de firma utilizada

Marca TOPAZ SYSTEMS.

Modelo T-LBK460

Una vez realizado un exhaustivo análisis de las informaciones expuestas precedentemente, estamos en condiciones de afirmar:

Que la firma obtenida por medio de dicha metodología NO cumple la condición de autenticidad, por cuanto que el archivo obtenido no es el original, sino el obtenido de los registros informáticos.

Que la firma obtenida por medio de dicha metodología NO cumple la condición de Adecuación, por cuanto que los elementos (soporte y elemento escritor) son completamente distintos a los utilizados en el generación de soporte papel.

Que la firma obtenida por medio de dicha metodología NO permite conseguir en forma concreta ciertas características de las firmas: arranque, remate, presión, descansos, etc.

CONCLUSIÓN

A modo de conclusión, podemos manifestar:

Que la firma indubitada obrante en el documento denominado Cédula de Identidad Civil NO sirve como documento indubitado para ser comparado con firmas dubitadas con soporte formato papel.

Sugerimos que el Departamento de Identificaciones, dependiente de la Policía Nacional, DEBE considerar crear un sistema de archivo en soporte formato papel en paralelo al sistema digitalizado e informatizado, para ser utilizado como firma indubitada en los procesos judiciales pertinentes.

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