Términos “cesar” y “remover”

Cesar y remover no son sinónimos, dice un dictamen jurídico que se hizo a pedido del ministro Modesto Monges.

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“Nada ni nadie puede despojar de la calidad de miembro del TSJE al Sr. Abog. Modesto Monges Pereira basado en una norma constitucional que no existe transcripta en el art. 275”, dice parte del dictamen.

Agrega: “En efecto, la norma establece claramente el nacimiento (elección) y la muerte (remoción) de los miembros del TSJE, pero en ningún momento estipula la forma en la que los mismo cesarán en sus funciones, todo ello porque faltó un pequeñísimo pero fundamental detalle en la norma constitucional, la palabra cesar”.

Sigue diciendo: “Los ministros del la Corte Suprema de Justicia y los miembros del TSJE podrán ser removidos por medio de un juicio político, y los ministros la CSJ cesarán en sus cargos al cumplir los 75 año” indica para manifestar seguidamente: ” Los miembros del TSJE No, porque no está establecido el cese de sus cargos en nuestra Carta Magna”.

Luego indica en forma enfática: “Mientras no se enmiende nuestra actual Constitución Nacional o mientras el Sr. Modesto Monges no incurra en la comisión de un delito o en el mal desempeño de su funciones ES JUTICIA QUE CONTINÚE EN EL CARGO hasta el cumplimiento de su mandato de cinco años y aún después si vuelve a ser nombrado”.

Concluye señalando: “El texto de la Constitución es inalterable, mal le pese a quienes persiguen intereses contrarios al cumplimiento de la ley presuntamente para lograr objetivos non sanctos”.

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